Tributación quiere implementar las retenciones por IRP ya desde abril

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Para la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) sería ideal que las retenciones sobre los salarios y utilidades a los sujetos obligados del Impuesto a la Renta Personal (IRP), ya se puedan implementar desde el próximo mes. Para lo cual solo necesitaría una reglamentación y no una modificación de la ley.

No obstante, la viceministra Marta González detalló ayer en conferencia de prensa, que aún hay cuestiones técnicas como la adecuación de los sistemas informáticos que se deben poner a punto para evitar las dificultades, como la lentitud en el sistema operativo Marangatu. “Estamos avanzando con mucha prudencia, y ojalá podamos implementarlo ya desde abril. Aunque no sabemos todavía, ya que queda poco tiempo y tenemos la Semana Santa de por medio”, añadió ayer González. El ministro de Hacienda, Santiago Peña, dijo a su vez que no ven esto como una “medida inminente”, evidenciándose una clara contradicción entre ambos.

La SET analiza la posibilidad de aplicar un anticipo de entre 0,5% y 2% sobre los salarios de los contribuyentes del IRP, en proporción a los ingresos que estos perciben. Dichos porcentajes aún no fueron esclarecidos por la administración tributaria ni tampoco los criterios que se tendrán en cuenta para la aplicación de dichos porcentajes.

Nada concreto sobre ajustes

El ministro Peña mencionó que no hay un proyecto listo de modificación del IRP, y tampoco un plan de poner límite a la deductibilidad del impuesto. “No tenemos ningún proyecto, no escribimos ni siquiera la palabra artículo 1, pero queremos que se instale el debate de un país que promueva la equidad. Lo que planteamos es que aquel individuo que está en el 1% de mayor ingreso en el Paraguay debe tener un límite sobre la deductibilidad”, expresó.

Este año ya son alcanzadas por el IRP aquellas personas con ingresos superiores a 72 salarios mínimos (G. 131.331.960) en el año, quienes deben pagar una tasa de 8%.

A partir de 120 salarios, el impuesto es del 10% sobre las utilidades, es decir, para quienes perciban ingresos superiores a G. 218.886.600 al año.