Los agentes fiscales Liliana Alcaraz y Osmar Legal allanaron las direcciones de Obras, Informática y Catastro de la Municipalidad de Luque para obtener datos sobre más de cien inmuebles, en el marco de la causa abierta al exsenador Óscar González Daher por la comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración jurada falsa de bienes y rentas. Dichos predios están registrados a nombre suyo, de la inmobiliaria “de maletín” Príncipe de Savoia o de su hijo Rubén González, el concejal luqueño también encausado y recluido en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional.
El allanamiento respondió a que la información solicitada varias veces a la Municipalidad fue proveída en forma “bastante parcial y no satisfacía los requerimientos” del Ministerio Público. En el procedimiento, los agentes fiscales se hicieron con información digitalizada y escaneo de planos, registros catastrales y fotografías, que permitirán evaluar desde esta semana las propiedades que el primer legislador paraguayo expulsado de su banca adquirió desde 2008 hasta 2018.
Según documentos de la Seprelad, el clan que también integra Ramón González Daher pagaba sumas ínfimas en concepto de impuesto inmobiliario, tanto que en algunos casos solo llegaban a 15.000 guaraníes. Se recordará que en 2010 un medio de prensa reveló que, gracias a la adulteración de datos informáticos municipales, el entonces presidente del Congreso pagaba tarifas correspondientes a lotes baldíos sobre caminos de tierra, cuando se trataba de edificios ubicados en el centro de Luque. Más aún, logró la prescripción de sus deudas y hasta el reintegro de lo que pagó al descubrirse la evasión impositiva.
O sea que el amor al terruño del clan luqueño se limita a poseer inmuebles, sin llegar al extremo de cumplir con el deber legal de contribuir al bienestar de los pobladores de la “segunda capital del país”. También se advierte que sus estrechos lazos con la administración municipal son de larga data. Hace nueve años, el intendente que facilitó la corruptela era Vicente Karjallo (ANR) y hoy el que la encubre es Carlos Echeverría (ANR). La agente fiscal Alcaraz constató que “la Municipalidad disponía de los datos” solicitados, de modo que la muy ingenua no se explica cómo es posible que no los haya enviado a la Fiscalía de Delitos Económicos y Anticorrupción. Debería saber que, en general, a las autoridades les importa un bledo que el art. 257 de la Constitución diga que las personas al servicio del Estado “están obligadas a prestar a la administración de Justicia toda la cooperación que ella requiera para el cumplimiento de sus mandatos” y que el art. 293 del Código Penal castigue con hasta cinco años de prisión al funcionario que impida que otro sea condenado, es decir, que lo encubra.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
Lo ocurrido muestra que el exsenador sigue teniendo poder y mandando, al menos en Luque, y que puede seguir contando con el firme apoyo de la Municipalidad local, para lo que hubiere lugar. Habrá sido repudiado por la gran mayoría de sus compueblanos, pero no así por el intendente y sus funcionarios. De hecho, con su “respuesta bastante parcial”, hicieron caso omiso del Ministerio Público y demostraron que tenían mucho que ocultar, en beneficio del hoy recluido y de sí mismos o de sus predecesores en el cargo. Desde luego, esa inconducta hace presumir no precisamente la inocencia, sino más bien su culpabilidad. Si los inmuebles del clan fueron groseramente subvaluados, la responsabilidad también alcanza a los munícipes luqueños. Uno de los deberes básicos de quienes ejercen una función pública es el de colaborar con la Justicia, según se desprende también del art. 286 del Código Procesal Penal, que les obliga a denunciar los hechos punibles de acción pública que conozcan en el ejercicio del cargo. Quien ignora este mandato no es más que un encubridor, que también debe ser procesado. A mayor abundamiento, el art. 10 de la Ley N° 276/94 dice que los organismos y funcionarios que no brinden los informes requeridos por el contralor general de la República incurrirán en encubrimiento en los casos en que se comprobaren ilícitos. Si la Municipalidad de Luque prefiere seguir al servicio del clan González Daher antes que cumplir con la Constitución y las leyes, el Ministerio Público no deberá limitarse a allanar sus dependencias sino aplicar las medidas que disponen las leyes.
Habiendo indicios de que se pretende ocultar datos relevantes para la investigación fiscal, será preciso que se tomen las medidas legales oportunas para poner fin a las maniobras obstruccionistas. La acusación deberá formularse a más tardar en septiembre, de modo que el Ministerio Público no tiene tiempo que perder. Es de esperar que la información recogida mediante el procedimiento excepcional sea suficiente para continuar con la causa y buscar justicia.
La intolerable renuencia de la Municipalidad de Luque, con el único objeto de beneficiar a quien se sigue creyendo un mandamás, no debe ser imitada por otras instituciones en casos presuntamente delictivos en los que aparezca implicado algún capitoste. Ellas no están para protegerlo de una pesquisa fiscal, sino para facilitar al Ministerio Público el ejercicio de la facultad que le otorga el art. 11 de su ley orgánica, según el cual puede recabar información y solicitar la colaboración de los funcionarios públicos, quienes deben cooperar y proporcionar documentos, informes o actuaciones que les sean requeridos. La cuestión es cumplir las normativas vigentes en vez de apañar a un delincuente de guante blanco.
