A fines de 2017, ABC Cardinal difundió las grabaciones de unos diálogos telefónicos reveladores de que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) había intervenido en actuaciones propias del Ministerio Público y de la judicatura. El escándalo generado provocó la primera expulsión de un legislador en la historia parlamentaria nacional, cuando el Senado privó de su investidura a Óscar González Daher (ANR), expresidente del JEM, por haber incurrido en un “tráfico de influencias, fehacientemente comprobado”. Días después, el pleno aceptó la renuncia a su banca del senador Jorge Oviedo Matto (Unace), miembro del JEM, a quien también se le escucha en algunos audios comprometedores. A este paso, el citado órgano se había convertido en un presunto centro de operaciones delictivas para favorecer o perjudicar a ciertos encausados. Los nombrados, junto con el exsecretario del JEM Raúl Fernández Lippmann, fueron acusados por el Ministerio Público de haber cometido los hechos punibles de tráfico de influencias, cohecho pasivo agravado (soborno) y asociación criminal. Junto a ellos también aparece el abogado Carmelo Caballero, acusado por los de tráfico de influencias, soborno y asociación criminal.
Se trata de un caso muy significativo, pues esta sería la primera vez que se sienten en el banquillo los supuestos autores de la repugnante fechoría en la que, por razones políticas o monetarias, suelen incurrir los que mandan, con toda impunidad. Ello dependerá de lo que ocurra en la audiencia preliminar que se inició ayer y continuará hoy y mañana, razón por la cual conviene que la ciudadanía le preste suma atención. Lo sugieren no solo los antecedentes de los políticos, en general, acostumbrados al ejercicio abusivo del derecho a la defensa con el fin de impedir o trabar un juicio oral y público; también, como era presumible, los referidos procesados ya recurrieron a las consabidas chicanas, habiendo logrado así evitar que se realice la audiencia de imposición de medidas alternativas a la prisión. Quien se llevó la palma fue González Daher, que ha llegado a frustrar en dos ocasiones la realización de la audiencia preliminar. De hecho, como se esperaba, él y Fernández Lippmann plantearon ayer sendos incidentes de nulidad para que los audios sean excluidos como evidencias, aunque la acusación fiscal no se haya fundado en ellos sino en tres casos auditados por la Corte Suprema de Justicia, en los que se constató la comisión de hechos punibles. Lo que buscan ahora es que no se abra el juicio oral y público, que es la cuestión a resolverse en esta etapa.
Aquí cabe insistir en la necesidad de que se apliquen con todo rigor las normas del Código Procesal Penal y de la Acordada N° 709/11 de la Corte Suprema de Justicia, que castigan a los litigantes de mala fe que, entre otras cosas, buscan dilatar los procesos para provocar la extinción de la causa. El art. 112 del Código ordena a los jueces cancelar el nombramiento de un abogado comprendido respecto del magistrado en una relación que lo fuerce a inhibirse; el 113 les obliga a velar por la regularidad del litigio, el buen uso de las facultades procesales y la buena fe; el 114 les permite sancionar la mala fe o la temeridad procesal con hasta cien días de multa en los casos graves o reiterados; y el 343 dice que implican una “falta profesional grave” las recusaciones claramente infundadas o reiterativas para entorpecer el procedimiento. Por su parte, el art. 4° de la referida acordada sobre el Sistema Disciplinario del Poder Judicial manda a los jueces o tribunales penalizar a un abogado que litigue de mala fe, que abuse del derecho o que pleitee con temeridad, calificando de falta grave del magistrado la no aplicación de las facultades disciplinarias, lo que conlleva una multa de hasta treinta salarios mínimos o la suspensión de hasta un mes, sin goce de sueldo. En los últimos años, no se conoce un solo caso en que el Consejo de Superintendencia de Justicia haya aplicado estas penas a los jueces que han venido tolerando que los chicaneros se burlen de las leyes y de la ciudadanía toda. Era habitual que también recusen a los agentes fiscales y que luego impugnen ante la Sala Penal de la Corte la resolución denegatoria de la Fiscalía General del Estado, ganando así un tiempo considerable, dada la conocida morosidad de la máxima instancia judicial. Hace un par de meses, dicha Sala se declaró incompetente para estudiar una impugnación, de modo que debe suponerse que, en adelante, lo resuelto en la materia en el Ministerio Público será definitivo.
Como se ve, no faltan normas que castiguen a los chicaneros ni a los magistrados que ignoran su deber de aplicarlas. Lo que pasa es que la judicatura hace la vista gorda ante la cínica inconducta procesal de los peces gordos de la política, violando el principio constitucional de igualdad ante las leyes, por complicidad o por cobardía. Lamentablemente, da la impresión de que el JEM fue y sigue siendo el órgano más apropiado para chantajear a jueces y agentes fiscales, muchos de los cuales, por cierto, deben sus respectivos nombramientos al tráfico de influencias, primero en el Consejo de la Magistratura y luego en la Corte. La ciudadanía puede estar segura de que esa práctica no les resulta en absoluto extraña a quienes intervienen en este asunto tan relevante de González Daher y otros que aparecen en el fétido caso.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
Se ha visto, o mejor dicho, escuchado, cómo se interviene descaradamente en los procesos penales. Como dijo la periodista Mabel Rehnfeldt, tras ser interrogada en el Ministerio Público sobre el affaire que develó, casi todos los reunidos en el despacho fiscal conocían las injusticias perpetradas por “gente que torció la vara por poder o por dinero”. Es probable que también haya quienes la torcieron solo por temer las consecuencias que tendría su renuencia a atender las instrucciones telefónicas del extitular del JEM o de su exsecretario, entre otros. Desde luego, cabría preguntarse cuántas llamadas similares hubo solo bajo la presidencia o la membresía de González Daher y de Oviedo Matto en el órgano en cuestión, para no ir mucho más lejos. Todo indica que desde allí se sometió a jueces y agentes fiscales para que no se imparta justicia.
La preocupación acerca del avance de este affaire de los audios, que involucra a poderosos personajes, sube de tono tras el infame pacto político que selló la “unidad granítica” de los principales movimientos colorados, “Honor Colorado” y “Añetete”, que está beneficiando a otros peces gordos del poder. Los paraguayos y las paraguayas deben esforzarse ahora, más que nunca, por evitar que la impunidad se siga enseñoreando en nuestro país. En consecuencia, es necesario que mantengan bajo la lupa la actuación de los agentes fiscales y de los jueces, escrachándoles en los lugares públicos si facilitan la impunidad por no cumplir con sus respectivas obligaciones.