“Marito” debe destituir a ministros sospechados de ocultar bienes

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Los ministros Eduardo Pe- tta, Mario Varela, Carla Bacigalupo, Dany Durand y Nilda Romero no deben seguir un día más en sus respectivos cargos. No solo eso, tendrían que ser imputados por el Ministerio Público, junto con el exministro de Agricultura Denis Lichi, por los hechos punibles de enriquecimiento ilícito y declaración jurada falsa, si sus investigaciones confirmaran lo apuntado en el exhaustivo “reporte de veracidad y dictamen de correspondencia” presentado al Ministerio Público por la Contraloría General de la República, en el marco de una investigación hecha a pedido del Senado. Si los indiciados no tienen el decoro de renunciar ni el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, el valor de destituirlos, deben ser sometidos cuanto antes a un juicio político, para que no se escuden en la inmunidad de proceso. Razones morales y políticas exigen que el jefe del Poder Ejecutivo prescinda de ellos, al menos, si quiere sanear la Administración Pública “caiga quien caiga”.

Los ministros Eduardo Petta (Educación y Ciencias), Mario Varela (Desarrollo Social), Carla Bacigalupo (Trabajo, Empleo y Seguridad Social), Dany Durand (Urbanismo, Vivienda y Hábitat) y Nilda Romero (de la Mujer) no deben seguir un día más en sus respectivos cargos. No solo eso: tendrían que ser imputados por el Ministerio Público, junto con el exministro Denis Lichi (Agricultura y Ganadería), por los hechos punibles de enriquecimiento ilícito y declaración jurada falsa, si sus investigaciones confirmaran lo apuntado en el exhaustivo “reporte de veracidad y dictamen de correspondencia” presentado al Ministerio Público por la Contraloría General de la República, en el marco de una investigación hecha a pedido del Senado. Si los indiciados no tienen el decoro de renunciar ni el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, el valor de destituirlos, deben ser sometidos cuanto antes a un juicio político, para que no se escuden en la inmunidad de proceso. El art. 3° de la Ley N° 2523/04 castiga el enriquecimiento ilícito con uno a diez años de cárcel, más el pago de una suma de dinero, cuyo monto dependerá del patrimonio de su autor; el art. 243 del Código Penal castiga la declaración jurada falsa con hasta cinco años de cárcel.

Es intolerable que cinco ministros estén sospechados de haber cometido esos hechos punibles ligados a la función pública y relacionados entre sí. En efecto, faltar a la verdad en cuanto al patrimonio poseído al ocupar un cargo público y al abandonarlo puede servir para ocultar la obtención de bienes, derechos o servicios, cuyo valor supere las legítimas posibilidades económicas del declarante, y los de su cónyuge o conviviente. Los arts. 4° y 15 de la Ley N° 5033/13 obligan a la Contraloría a denunciar ante el Ministerio Público los “indicios de irregularidades o enriquecimiento indebido” resultantes de sus investigaciones o, en otros términos, el “incremento no proporcional o razonable” de los ingresos del declarante, que surja de la comparación de sus manifestaciones. Dicho órgano ha cumplido con su deber, tras constatar groseras omisiones o “inconsistencias” entre los ingresos y los bienes declarados por quienes ya habían ejercido un cargo público antes de integrar el Gabinete.

El ministro Petta –exdirector de la Patrulla Caminera y exsenador– habría declarado solo cinco de los doce inmuebles que figuran a su nombre en la Dirección de Registros Públicos. El mismo se excusó con que los siete terrenos omitidos están en condominio desde 1997, cuando aún no estaba en la función pública, como si no tuviera que haberlos referido al presentar su primera declaración jurada. Sobre un vehículo que no reportó, dijo que le fue robado cuando dirigía la Patrulla Caminera. Su colega Varela –exgobernador de Caaguazú– habría sabido sacarle el jugo a su salario, aumentando su patrimonio más de lo que podría hacerlo el común de los mortales. La ministra Bacigalupo –antes de Justicia– habría tenido un lapsus al no declarar bienes inmuebles ni vehículos pertenecientes a su marido, así como una deuda a ser cancelada en 2021. También el ministro Durand –ex diputado– habría sido un descuidado al no revelar ingresos ajenos a la función pública, como tenía que hacerlo, aparte de que en cierto año sus egresos no guardaron relación con sus ingresos. En una “inconsistencia” similar, esta vez por valor de unos 500 millones de guaraníes, también habría incurrido su colega Romero, exedil de Asunción y exdirectora de Recursos Humanos de la Justicia Electoral, entre otras cosas. En cuanto al exministro Lichi, antes intendente de Arroyos y Esteros, sería dueño de algunas acciones no registradas en la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), con lo que, dicho sea de paso, habría que analizar su conducta como contribuyente. Los ministros Petta, Bacigalupo y Durand dijeron que no pudieron ofrecer sus descargos ante la Contraloría. El art. 14 de la Ley N° 5033/13 dispone en su primera parte que si hubo una “omisión o error no imputable al declarante”, la Contraloría debe notificarle para que rectifique en el plazo de 30 días; en la segunda parte agrega que si hay “indicios de que la omisión u error” fue “con dolo” imputable al declarante, debe denunciar el hecho al Ministerio Público, es decir, sin previo emplazamiento. Y bien, el órgano contralor cree que hubo dolo.

Del resumen de lo detectado por la Contraloría, surge que, en el mejor de los casos, los susodichos habrían mentido al declarar sus bienes y rentas bajo juramento. El Ministerio Público imputó al senador Javier Zacarías (ANR), al diputado Miguel Cuevas (ANR) y al exsenador Óscar González Daher (ANR) por los mismos hechos punibles aquí mencionados. Por tanto, contando con el “reporte de veracidad y dictamen de correspondencia”, el Ministerio Público debe promover la acción penal pública si sus pesquisas confirman lo denunciado, tal como le exige su ley orgánica. La de la Contraloría le obliga a ella, en su art. 9°, inc. g), a denunciar a la Justicia ordinaria y al Poder Ejecutivo todo delito del cual se entere debido a sus funciones. Aunque no haya formulado una denuncia formal ante el Presidente de la República, es claro que el mismo ya sabe que ciertos miembros de su Gabinete están indiciados por un órgano estatal de estar incursos en ciertas “situaciones que podrían encuadrarse” dentro de la Ley N° 2523/04 y del Código Penal. No se trata de una denuncia periodística o personal sobre una simple infracción, sino de un “reporte” oficial en el que se habla de dos graves delitos de acción penal pública.

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Por supuesto, los sospechosos tienen derecho a defenderse, pero fuera de los cargos que hoy ocupan. La opinión pública no debería suponer que se aferran a ellos o que “Marito” los sostiene allí para que tengan inmunidad de proceso mientras no sean destituidos mediante un juicio político. Razones morales y políticas exigen, pues, que el jefe del Poder Ejecutivo los “renuncie” sin perder el tiempo. Al menos, si quiere sanear la Administración Pública “caiga quien caiga”.