Los rapiñeros del Presupuesto no van a desaparecer con la pandemia

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El juez de garantías Raúl Florentín hizo muy bien al admitir una acción de amparo de David Riveros, de la ONG “reAcción”, y Esther Roa, de la Comisión de Ciudadanos Autoconvocados, ordenando así que la Contraloría publique en su página web las manifestaciones de quienes dirigen las entidades involucradas en la atención de la crisis sanitaria. El contralor Camilo Benítez Aldana anunció que no apelará tal decisión judicial. El Gobierno ha adoptado medidas extraordinarias y ha destinado sumas multimillonarias en la actual coyuntura, situación que puede servir para que los corruptos de siempre y los que aspiran a serlo se llenen los bolsillos a costa de la salud de todos. Es llamativo que, incluso en estas graves circunstancias, habiendo aprobado una ley que habla de la participación ciudadana y de la divulgación informática de las rendiciones de cuentas finales por parte de la Contraloría, sin previa intervención judicial, la Cámara de Diputados haya vuelto a exigir un fallo de la Justicia con relación a las declaraciones juradas, modificando lo resuelto en el Senado. Sin duda, algunos que tendrían mucho que ocultar temen un “exceso de transparencia”, que podría afectarles.

Aún se aguarda que la Corte Suprema de Justicia resuelva una acción de inconstitucionalidad planteada hace dos años por el entonces contralor general de la República, Enrique García, contra dos fallos que hicieron lugar a un pedido de amparo de un periodista de este diario, porque se le había denegado la entrega de copias de las declaraciones juradas de bienes y rentas presentadas por altas autoridades nacionales entre 1998 y 2017. Entretanto, el juez penal de garantías Raúl Florentín hizo muy bien en admitir, el último 22 de abril, una acción de amparo de David Riveros, de la organización no gubernamental “reAcción”, y Esther Roa, de la Comisión de Ciudadanos Autoconvocados, ordenando así que la Contraloría publique en su página web las manifestaciones de quienes dirigen las entidades citadas en la Ley Nº 6524/20 y las sumadas por el Poder Ejecutivo para atender la crisis sanitaria, así como las de los funcionarios de las respectivas Unidades Operativas de Contratación (UOC). El actual contralor, Camilo Benítez Aldana, había adelantado que no apelaría una decisión favorable a los solicitantes y que la cumpliría cuanto antes, tal como ya lo ha hecho en parte hasta hoy.

La oportuna iniciativa ciudadana respondió a que la citada ley, que prevé destinar 530 millones de dólares al fortalecimiento del sistema de salud, faculta al Poder Ejecutivo, entre otras cosas, a “redireccionar” los créditos presupuestarios de los organismos estatales a la cartera de Salud Pública, autoriza al Equipo Económico Nacional a crear “unidades de compra ad hoc” que cooperen con las entidades públicas para “agilizar” las compras de bienes o insumos para atender la emergencia, y ordena que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas adopte medidas “simplificadas y expeditivas de contratación” para las instituciones afectadas a la lucha contra la pandemia.

Como es obvio, normas como las citadas pueden servir para que los corruptos de siempre y los que aspiren a serlo se llenen los bolsillos a costa de la salud de todos. Es cierto que el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, dijo, tras promulgar la ley, que se está “trabajando en equipo para garantizar que cada guaraní sea usado de forma efectiva y transparente”. Es bueno confiar, pero es mejor controlar. La misma normativa instaura una Comisión Bicameral del Congreso para velar por el empleo transparente de los fondos previstos en ella y encarga a la Contraloría, en coordinación con la Secretaría Nacional Anticorrupción, fomentar la participación ciudadana en los procesos de rendición de cuentas. La experiencia enseña que no se debe esperar mucho de una tal comisión transitoria, pero también que la intervención de la gente puede resultar efectiva. Por eso, es loable que la ley comentada disponga que las rendiciones de cuentas finales sean “puestas a disposición de la ciudadanía a través del portal de internet de la Contraloría, sin ningún tipo de limitación”. He aquí una cláusula que responde al mismo espíritu de la acción de amparo, felizmente concedida y no apelada. La ciudadanía tiene derecho a saber cómo se gasta el dinero público y, por ende, si ha aumentado o no el patrimonio de sus administradores.

En este caso, la transparencia debe ser un mandato inexorable, más que nunca. Bastaron unos pocos días para que, en el marco de la crisis sanitaria, se develaran un par de groseras corruptelas en la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) y en Petróleos Paraguayos (Petropar). No basta con que sus responsables hayan sido “renunciados”: es preciso que el Ministerio Público cumpla con su deber y que, eventualmente, la Justicia los sancione. La grave situación actual, que generó regulaciones financieras y administrativas excepcionales, no debe ser aprovechada para un indignante enriquecimiento ilícito. Una buena manera de constatar este hecho punible es cotejar las declaraciones juradas de bienes y rentas que quienes ejercen una función pública deben entregar a la Contraloría al asumir y al abandonar sus respectivos cargos. La iniciativa en cuestión no alcanza a las presentadas por las más altas autoridades del país, sino solo a quienes hoy están al frente de ciertos organismos, aunque es destacable que también alcance a los funcionarios de las UOC, dependencias de especial relevancia en materia de corrupción.

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Por lo demás, es llamativo que, incluso en estas graves circunstancias, habiendo aprobado una ley que habla de la participación ciudadana y de la divulgación informática de las rendiciones de cuentas finales por parte de la Contraloría, sin previa intervención judicial, la Cámara Baja haya vuelto a exigir un fallo de la Justicia con relación a las declaraciones juradas de bienes y rentas, modificando lo resuelto en el Senado. Sin duda, algunos que tendrían mucho que ocultar temen un “exceso de transparencia”, que podría afectarles. Lo que hay, más bien, es un exceso de caradurez, tanto que los diputados, en el mismo proyecto de ley, despenalizaron la declaración jurada falsa, delito tipificado en el Código Penal y por el cual están procesados el senador Javier Zacarías Irún y el exsenador Óscar González Daher, ambos colorados, entre otros. O sea que, en adelante, el perjurio solo sería una suerte de falta administrativa para quienes están “presupuestados”. Nos preguntamos: si ahora existe una necesidad de extremar los controles sobre el uso del dinero público, ¿por qué no seguir aplicándolos con todo rigor una vez que desaparezca o se controle el coronavirus? ¿Creen los diputados que los rapiñeros del Presupuesto nacional desaparecerán con la pandemia? No existe ninguna lógica para seguir protegiendo el patrimonio de quienes manejan el dinero público.

Por de pronto, es de celebrar que unos ciudadanos, un juez y un contralor general hayan aportado su buen grano de arena a la transparencia, aunque su alcance sea limitado.