Ocultar gastos sociales es una infamia

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En 2003, la Corte Suprema de Justicia rechazó una acción de inconstitucionalidad planteada por el exdirector de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), Walter Reiser, contra su interpelación resuelta por la Cámara de Diputados con motivo de la compra sobrefacturada de su sede asunceña. En 2009, un Tribunal de Apelación ratificó su condena a dos años de cárcel por el delito de lesión de confianza cometido en perjuicio de esa entidad en la compra de un antivirus informático. En 2008, la Contraloría General de la República realizó una fiscalización especial inmediata sobre los gastos sociales de la EBY y cinco años más tarde presentó un demorado informe final sobre sus estados contables y financieros en el ejercicio fiscal 2003. Vienen a cuento estos antecedentes para ilustrar que el Estado paraguayo puede verificar el uso de los fondos de las entidades binacionales y penalizar su malgasto eventual. Que los directores compatriotas pretendan ocultar el uso que se le da al dinero transferido al lado paraguayo es una infamia que supondría que ni siquiera se pueda auditar al respecto a las entidades públicas que lo reciban.

En 2003, la Corte Suprema de Justicia rechazó una acción de inconstitucionalidad planteada por el exdirector de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), Walter Reiser, contra su interpelación resuelta por la Cámara de Diputados con motivo de la compra sobrefacturada de su sede asunceña. En 2009, un Tribunal de Apelación ratificó su condena a dos años de cárcel por el delito de lesión de confianza cometido en perjuicio de esa entidad en la compra de un antivirus informático. En 2008, la Contraloría General de la República realizó una fiscalización especial inmediata sobre los gastos sociales de la EBY y cinco años más tarde presentó un demorado informe final sobre sus estados contables y financieros en el ejercicio fiscal 2003.

Vienen a cuento estos antecedentes para ilustrar que el Estado paraguayo puede verificar el uso de los fondos de las entidades binacionales y penalizar su malgasto eventual, razón por la que resulta incomprensible que los directores compatriotas Manuel Cáceres y Nicanor Duarte Frutos se nieguen a que la Contraloría, respondiendo a una iniciativa del Senado, efectúe una auditoría financiera y de gestión de los gastos sociales ejecutados, por de pronto, desde el 15 de agosto de 2018. El autodenominado “líder político” sostuvo que la EBY e Itaipú Binacional no pueden ser auditadas por carecer de una cuenta nacional, de lo que se desprende que Reiser no tendría que haber sido interpelado ni condenado con relación al empleo de unos fondos ajenos al erario: si este no sufrió ningún daño, sus actuaciones no tuvieron que haber interesado a los legisladores, al Ministerio Público ni a los magistrados.

El art. XX del Tratado de Yacyretá prescribe que la responsabilidad civil y penal de los funcionarios argentinos o paraguayos por actos lesivos para los intereses de la EBY debe ser investigada y juzgada según las leyes nacionales respectivas. En nuestro país, la lesión de confianza es un delito de acción penal pública que, por tanto, no requiere la denuncia del damnificado para que sea perseguido. Si es así, el Ministerio Público tiene el deber y la atribución de actuar de oficio, para lo cual bien puede examinar la cuenta “no nacional” de la EBY, salvo que se crea que el director paraguayo, presunto autor de un desfalco, puede rehusarle el acceso. Es obvio, además, que una auditoría puede servir no solo para detectar la comisión de un hecho punible, sino también para prevenirla.

Según Duarte Frutos, “dice la Constitución que la Contraloría podrá fijar sus actividades siempre respetando los límites de las normas y el Tratado”, lo cual es absolutamente falso. Tampoco dice que cada Cámara puede interpelar a los directores paraguayos de las entidades binacionales, pero como la máxima autoridad judicial ya lo admitió, convendría que el Senado los convoque en vez de pedirles un simple informe sobre lo que se niegan a revelar a la Contraloría: si sus respuestas no fueran satisfactorias, tendría que recomendar al Poder Ejecutivo que los destituya.

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Que los directores compatriotas pretendan ocultar el uso que se le da al dinero transferido al lado paraguayo es una infamia que supondría que ni siquiera se pueda auditar al respecto a las entidades públicas que lo reciban. En plan de víctima, Duarte Frutos afirmó que “nunca (...) ningún sector había reclamado el fin de los fondos sociales”, como estaría ocurriendo hoy. Otra mentira, pues solo se exige que haya transparencia y que se ponga fin a la discrecionalidad en el empleo de un dinero público, a lo que se agrega que el supuesto hecho de que antes no se haya hablado del tema no es razón suficiente para seguir guardando silencio. Al contrario: habría tiempo perdido que recuperar, motivo por el que también se dispuso que sean auditados los años 2010, 2013, 2017 y 2018, hasta el 14 de agosto.

Cuando el Senado prestó su acuerdo al Poder Ejecutivo para la designación de los directores paraguayos de Itaipú y Yacyretá, no les otorgó una carta blanca para que hagan o dejen de hacer lo que se les antoje: tienen que rendir cuentas de sus actuaciones y permitir el examen de la Contraloría, porque no son dueños del dinero que administran. Ya es hora de que el Congreso y el Jefe de Estado les hagan sentir que la soberbia de que hacen gala nos ofende a todos y de que sean removidos si persisten en su maliciosa actitud de cerrar las puertas a los auditores: se diría que tienen mucho que ocultar, al igual, probablemente, que más de un beneficiario de las arbitrarias asignaciones.