El juzgado hizo lugar a una demanda planteada por la Municipalidad de Encarnación, en su carácter de síndico de la entidad civil conocida como “Comisión de Carnaval”, ante “la existencia de indicios graves y concordantes de la comisión de actos y hechos ilegítimos”.
La comisión presentó una lista de acreedores por más de G. 20.012 millones, “pero sin la debida y suficiente documentación justificativa del origen, destino o persona autorizante de los componentes de esa cifra”, refiere parte del escrito de la demanda presentada por la Comuna.
Atendiendo a que la resolución judicial dispone que será la Municipalidad la que debe realizar la auditoría, el intendente Luis Yd (Alianza) designó un equipo auditor, que está integrado por el abogado Marcial Cantero (asesor jurídico de la Municipalidad), el economista César Verón y el contador Miguel Benítez, todos funcionarios de la Comuna que trabajarán con asesores externos en la investigación del origen y destino de más de G. 20.000 millones.
Hasta ahora nadie explica cómo una deuda de G. 10.000 millones de los últimos ocho años de la Comisión de Carnaval trepó a más de G. 20.000 millones en solo un año, en el 2019.
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El 3 de septiembre del 2018 la Comisión de Carnaval, presidida por José Nicolás Remezowski, firmó un contrato “Financiero y de Administración” con la empresa Vínculo SA, de Asunción, representada en ese momento por Darío Núñez y actualmente por Marcos Villalba.
Mediante el convenio la comisión cedió por ocho años la organización de los corsos a la citada empresa con la condición de que pague la deuda de la Comisión, que entonces era de G. 8.000 millones, contenida en una planilla adjunta.
El 5 de septiembre de 2019, por una adenda, la administración vuelve a la Comisión de Carnaval con una deuda que supera G. 20.000 millones.
El presidente de la Comisión de Carnaval, José Remezowski, explicó que todavía no fueron notificados de la resolución judicial. Una vez notificados analizarán con el asesor legal, abogado Diego Torres, las acciones a seguir. Tienen tres días hábiles para apelar la resolución.