Solo cuatro de treinta municipios de Itapúa cumplen ley de transparencia

En Itapúa, solo 4 de las 30 municipalidades que hay en el departamento dieron cumplimiento a la Ley 5189/14 que establece la obligatoriedad de la provisión de información en el uso de los recursos públicos, en remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público. Esto surge del reciente monitoreo de la Secretaría de la Función Pública (SFP).

https://arc-anglerfish-arc2-prod-abccolor.s3.amazonaws.com/public/XA3WK7UTMRDGVLBTORIOBMWPOE.jpg

Cargando...

ENCARNACIÓN (José Miguel González, de nuestra redacción regional).-Veintiséis intendencias no dieron cumplimiento a los criterios establecidos en la Ley 5189/14, de publicar informaciones sobre el uso de los recursos públicos en remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público, en un portal informativo administrado por cada Municipalidad. Las que omitieron figuran “sin página web”.

Las administraciones comunales de Encarnación y Hohenau, en tanto, cumplen la normativa, pero solo en bajo nivel (entre el 10% y 49%). Es decir, solo formalizaron algunos de los criterios establecidos en la ley.

Cabe recordar que el plazo para la publicación del organigrama, las funciones por área, datos de contacto por dependencias, nómina de funcionarios permanentes, contratados, comisionados, las remuneraciones de cada uno y otros ítems, venció el 22 de julio último.

Otras dos comunas dieron cumplimiento intermedio (entre 50% y 84%), y son las de Cambyretá y Fram.

El municipio de La Paz, que no cuenta con un portal digital, solicitó alzar las informaciones requeridas a la página web de la Gobernación de Itapúa, mientras que el de Tomás Romero Pereira pidió a la Municipalidad de Encarnación que incluya en su portal los datos del municipio. No obstante, ambas figuran en la lista de las que no cumplieron.

Las otras municipalidades que nada publicaron y serán sancionadas son: Bella Vista, Coronel Bogado, Alto Verá, Capitán Meza, Capitán Miranda, Carlos A. López, Carmen del Paraná, General Artigas, Gral. Delgado, Jesús, José L. Oviedo, La Paz, Mayor Otaño, Natalio, Nueva Alborada, Obligado, Pirapó, San Cosme y Damián, San Juan del Paraná, San Pedro del Paraná, San Rafael del Paraná, Edelira, Tomás R. Pereira, Trinidad, Yatytay e Itapúa Poty.

El director de Recursos Humanos de la comuna encarnacena, Jorge Salinas, dijo respecto al incompleto informe de la institución, que solo “falta actualizar el organigrama y publicar”. Sin embargo, sus afirmaciones no condicen con el monitoreo realizado por la Secretaría de la Función Pública divulgado en internet en sfp.gov.py.

Consultado el intendente de Bella Vista, Digno Mario Müller Reckziegel (ANR), afirmó que cumplieron con la Ley el 24 de julio, dos días después que venciera el plazo. Al abrir la página de la comuna aparece una “nómina de funcionarios” vacía. En “inicio”, en la página 2 está la lista de trabajadores, pero ilegible.

Es importante remarcar que los titulares de los organismos o entidades públicas que incumplan la obligación de informar serán sancionados con 180 jornales de multa (G. 12.628.073), establecida en el artículo 8 de la ley.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...