Sala Penal anula sobreseimiento de uno de los investigados por abuso

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Bibiana Benítez, camarista que integró la Sala Penal.
Bibiana Benítez, camarista que integró la Sala Penal.

En la causa que investiga el abuso sexual ocurrido en el club Centenario, la Sala Penal de la Corte anuló una resolución por lo que la Fiscalía tiene tres años para reabrir o no el caso.

Uno de los imputados por el abuso sexual ocurrido en el club Centenario en noviembre del 2012 había sido sobreseído provisionalmente. Un año después la defensa planteó la extinción de la acción penal y el sobreseimiento definitivo. La jueza Teresa Franco rechazó dicho incidente debido a que el hecho investigado es crimen, por lo que la Fiscalía tiene tres años para reabrir la causa. La defensa apeló dicha decisión y el 24 de abril 2017 el Tribunal Penal de la Adolescencia revocó la decisión e hizo lugar la extinción de la acción penal y el sobreseimiento del procesado. Argumentaron que el imputado era adolescente al momento de la supuesta comisión del hecho punible y que la diferenciación entre crimen y delito es aplicable cuando son juzgadas personas mayores de 18 años. Por lo que el tiempo para que la Fiscalía pide la reapertura expiró.

El ministro de la Corte Manuel Ramírez indicó: “El marco penal aplicable a niños y adolescentes en la comisión de hechos punibles se refiere únicamente a eso, la pena. La naturaleza entre delito y crimen establecida en el artículo 13 del Código Penal no fue modificada. Esta diferenciación tiene especial relevancia justamente para cuestiones procesales; la aplicación de medidas alternativas, la extinción de la acción penal y sobreseimiento definitivo. También otras cuestiones que hacen a la tipicidad de los hechos punibles, como por ejemplo en la punibilidad de la tentativa. Como puede observarse, la modificación que realiza el Código de la Niñez se refiere a la pena y no a la naturaleza del delito o crimen, por lo que resulta errada la respuesta de la Cámara”, que fue anulada. Gustavo Santander también voto por anular la decisión.

Voto en disidencia

La camarista Bibiana Benítez votó por la confirmación de la resolución. “El fiscal Edgar Sánchez, titular de la acción ha manifestado que no solicitó la reapertura y ha admitido la procedencia de la extinción penal en el tipo de coacción sexual y violación; en otras palabras ha consentido cuando aún no ha transcurrido el plazo y esa actitud la sostuvo hasta la fecha pues no se verifica en autos la presentación del pedido de reapertura”, alegó.

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