Los camaristas Pedro Mayor Martínez, Gustavo Ocampos y Gustavo Santander deben resolver si ratifican o rectifican la resolución dictada por el juez penal de garantías Humberto Otazú, quien rechazó la transferencia del proceso abierto a Messer por lavado de dinero y asociación criminal.
Otazú precisa que la declinación de competencia es atribución exclusiva del Poder Judicial, por lo que mal podría el Ministerio Público extralimitarse en resolver esa cuestión, sin contar con la resolución judicial correspondiente. Asimismo, destaca que el “acuerdo” al que ha llegado Messer con la justicia brasileña en estas condiciones, viola disposiciones jurídicas de nuestro país.
En febrero pasado, el fiscal de asuntos internacionales Manuel Doldán “dispuso” la transferencia del proceso, pero la misma se truncó luego de que la justicia brasileña exigiera la resolución judicial correspondiente, que no existe.
En su dictamen, Alcaraz y Cabrera no se refieren a la legalidad o no del actuar de Doldán, pero afirman que si no se procede a la transferencia del proceso, la causa abierta en Paraguay quedará impune porque Messer –quien vive en Rio de Janeiro, Brasil– es brasileño y la Constitución del vecino país prohíbe la extradición de connacionales.
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