Acuerdos exigen ITV para ómnibus y camiones, pero no para autos y motos

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Senadores y diputados que impulsan una nueva ley de inspección técnica vehicular alegan que esta es una exigencia de un convenio del Mercosur y de la Ley 1128/97, de acuerdo sobre transporte del Cono Sur. Estos se refieren en realidad a la inspección obligatoria de camiones de carga y ómnibus, y no de vehículos particulares.

Los proyectos de inspección técnica vehicular que obran en la Cámara de Diputados y en la de Senadores se refieren al convenio Nº 75 de 1997 del Mercosur y al acuerdo de transporte terrestre firmados con varios países del Cono Sur. La Ley 1128/97 aprobó este último acuerdo. Sin embargo, estos tratados no se refieren a que la inspección será obligatoria para los vehículos de particulares como automóviles y motocicletas.

Independientemente de estos tratados, las leyes nacionales de los países exigen la ITV a los vehículos que ingresan a su territorio.

El artículo 32 de esta ley dice: “Cada una de las partes efectuará las inspecciones e investigaciones que otra parte le solicite con respecto al desarrollo de los servicios prestados dentro de su jurisdicción”. Los convenios solo se refieren a camiones de carga y ómnibus, según informe de la Dirección Nacional de Transporte.

La Dinatran exige la ITV a ómnibus y camiones mediante la Ley 1590/00.

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Los senadores que pretenden reeditar la derogada Ley 3850/14 –entre ellos Fernando Silva Facetti, Arnaldo Wiens, Zulma Gómez y Arnaldo Giuzzio– también alegan que el Paraguay suscribió la Declaración de Lima el 14 de marzo de 2011, sobre accidentes de tránsito. Los signatarios habían acordado promover estándares regionales respecto a revisiones técnicas y al desguace de rodados para reducir accidentes por factores mecánicos. Los legisladores también traen a colación la Ley 5211/14, sobre calidad del aire, y la Ley 3966/10.

El objetivo de diputados y senadores, al mencionar tratados internacionales y leyes del Paraguay, es justificar los proyectos de ley, ya que desconocen las sentencias 749 (julio de 2012) y 2500 (diciembre de 2012) de la Corte Suprema de Justicia. Los ministros determinaron que la ITV es atribución exclusiva de las municipalidades y no del gobierno central.

De acuerdo a los documentos del Parlamento, los senadores y diputados proyectistas reconocen que las comunas tienen autonomía legislativa y administrativa en el caso de ITV.

Sin embargo, desean reglamentar de nuevo el servicio con el argumento de que no puede haber varios tipos de inspección.