Entidades públicas, entre los que se encuentran por ejemplo la Dirección de Registros Públicos, así como bancos y financieras, tienen que responder los pedidos hechos por la fiscala.
La agente del Ministerio Público abrió una investigación penal, ante la denuncia que hizo ante la Fiscalía General, el contralor general Camilo Benítez
En el caso de Petta, el órgano había detectado inconsistencias entre las declaraciones juradas presentadas y los informes recibidos de las diferentes instituciones públicas y privadas, específicamente en el rubro de inmuebles. El ministro declaró un total de 5 inmuebles. Sin embargo, la Dirección General de los Registros Públicos informó a la CGR que el secretario de Estado tiene a su nombre 12 inmuebles.
Es decir, según la Contraloría General de la República, Petta no declaró 7 inmuebles ubicados en el distrito de Hohenau - Departamento de Itapúa; de los cuales 4 tiene en condominio con otras 5 personas y que tiene como usufructo vitalicio su madre.
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Para el órgano contralor, este hecho no significa que el mismo no tenga la propiedad de los inmuebles, teniendo en cuenta que la legislación civil establece que el “Usufructo Vitalicio” es para que la persona designada haga uso y goce de sus frutos pero no de la propiedad. “Esto significa que el señor Petta es el propietario de los inmuebles y lo debía haber declarado ante la Contraloría”, según fuentes del órgano encargado del control.
La denuncia de la Contraloría es lo que la Fiscalía tiene que cotejar con los informes que reciba de las instituciones públicas y las entidades financieras. Es por ello, la importancia de los documentos que la fiscala Riquelme pueda recibir.
La Contraloría había denunciado declaración falsa, que es el hecho indagado por el Ministerio Público, aunque tampoco se descarta la averiguación de otros delitos.
El órgano contralor había detectado igualmente una variación patrimonial entre la tercera y la cuarta declaraciones juradas del ministro Petta, presentadas en fecha 13 de julio de 2016 y 14 de julio de 2018.
Otros ministros
El órgano contralor también había denunciado a los ministros, de Trabajo, Carla Bacigalupo; de la Secretaría de Acción Social, Mario Varela; Dany Durand, titular del Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat; el exministro de Agricultura Denis Lichi y la ministra de la Mujer, Nilda Romero Santacruz. Todos tienen una causa abierta en fiscalía.
La apertura de una investigación fue ordenada por la fiscala general, Sandra Quiñónez, al encontrarse suficientes elementos de sospechas, según una análisis de la Dirección de Delitos Económicos y Anticorrupción.
La Contraloría a pedido de la Cámara de Senadores había iniciado un análisis de las declaraciones juradas presentadas por las autoridades del propio órgano contralor, del Poder Ejecutivo, Judicial y otros organismos y entidades del Estado.
Se concluyó la primera tanda de exámenes de correspondencia y se detectaron irregularidades en las declaraciones de los ministros que fueron denunciados.
LO QUE DICE EL CÓDIGO PENAL
El Código Penal en su artículo 243, declaración falsa dice:
1º El que presentara una declaración jurada falsa ante un ente facultado para recibirla o invocando tal declaración, formulara una declaración falsa, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años.
2º El que actuara culposamente respecto a la falsedad, será castigado con pena privativa de libertad de hasta un año o con multa.
La fiscalía, luego de la investigación, determinará si el ministro Eduardo Petta cometió o no el hecho punible denunciado.
