Congreso sanciona ley declarativa de horario de trabajo escalonado

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LEY DECLARATIVA DE HORARIO ESCALONADO
LEY DECLARATIVA DE HORARIO ESCALONADOArchivo, ABC Color

El proyecto de ley que establece un horario de trabajo escalonado y jornada acumulativa voluntaria para instituciones públicas, que no es de carácter obligatorio tuvo sanción automática y fue remitido al Poder Ejecutivo.

La norma menciona que podrán ser beneficiados de “manera opcional” los funcionarios públicos de instituciones públicas, entidades centralizadas, desentralizadas, entes autónomos, autárquicos, empresas públicas, sociedades anónimas con participación accionaria mayoritaria del Estado y demás instituciones que estén contempladas dentro del Presupuesto General de la Nación.

Se podrá aplicar de común acuerdo entre ambas partes en caso de que no exista uniformidad del horario laboral en una institución. Se mantiene el marco de horario habitual de trabajo de ocho horas, respetando la carga horaria establecida en la ley, además de los descansos contemplados en la ley, los contratos colectivos de trabajo vigentes, la jornada diurna, nocturna con sus beneficios.

Sin embargo, se establece de forma excepcional, un sistema de jornada acumulativa voluntaria en forma adicional al horario regular establecido, pudiendo el funcionario adicionar a su jornada laboral habitual, con anuencia de la institución, siempre y cuando sea factible su aplicación, según la naturaleza y peculiaridades del servicio prestado hasta llegar a completar la carga horaria correspondiente a un día de trabajo habitual, durante cuatro días en la semana, para contar con un día libre en la semana, en compensación con las jornadas laborales adicionales, no pudiendo acumular más de un día libre en forma semanal.

La norma también menciona que no podrán acogerse a los horarios extraordinarios las personas que trabajan en servicio de salud, atención de emergencias, fuerzas policiales y de seguridad pública y centros educativos.

Asimismo, sugiere que las instituciones educativas del sector público y privado subvencionado podrán iniciar sus actividades a las 08:00, debiendo adecuarse su horario de finalización a la carga horaria establecida por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), contemplando además las peculiaridades de las instituciones con doble escolaridad.

El proyecto de ley que fue presentado por el senador Enrique Salyn Buzarquis (PLRA) establece que la ley se exceptúa para las actividades que por su naturaleza, necesitan tipos y cargas horarias diferentes, como: los servicios de guardia del personal de blanco en la salud pública y en el Instituto de Previsión Social (IPS), actividades vinculadas a la seguridad pública, penitenciaria, entre otras de características especiales.

Poder Judicial

Para el caso de que el Poder Judicial pretenda implementar el horario de trabajo escalonado se plantea que se establezca más de dos horarios laborales diferenciados para la jornada tanto para funcionarios que cumplen funciones sin atención al público en el ámbito administrativo y jurisdiccional (laboratorio).

En el caso de la banca pública se podrá adecuar su horario habitual de trabajo según sus necesidades al nuevo horario establecido, respetando las normativas vigentes y contratos colectivos de condiciones de trabajo vigentes.

En cuanto a los servicios de recolección de basura prestados por las municipalidades, empresas tercerizadas y empresas privadas al servicio de municipalidades, deberán realizar su trabajo en horarios nocturnos, con excepción de las zonas donde funcionan locales gastronómicos, donde deberá realizarse el servicio luego de culminada la jornada nocturna (02:00 y las 06:30).

También se fija un horario de 20:00 a 06:30 y de 09:00 a 17:00 horas para que la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (ESSAP), municipalidades, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y empresas tercerizadas al servicio de estos, realicen los trabajos de construcción, reparación o instalación que representen obstáculos en el tránsito en las vías públicas que sirvan de acceso y salida a las ciudades, con excepción de los casos de urgencias o emergencias declaradas por los citados entes.

El Poder Ejecutivo podrá reglamentar la ley en caso de que decida promulgarla. La norma no pudo ser tratada en la última sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados realizada el pasado 25 de marzo, por falta de quórum.

Tuvo sanción automática el sábado último.

Se busca descomprimir el tráfico

El senador Enrique Salyn Buzarquis (PLRA), autor del proyecto de ley de trabajo de horario escalonado había presentado el proyecto de ley con la intención de descomprimir el tráfico en las calles, ya que estudiantes de sectores educativos y funcionarios públicos se mueven a la misma hora.

Una similar intención perseguía el proyecto de ley presentado por el diputado Sebastián García (PPQ) que planteaba eliminar el cambio de horario en el país y fijar el “horario de verano” durante todo el año. El proyecto del legislador iba atado al proyecto de ley de horario de trabajo escalonado que fue sancionado por el Congreso. La norma no pudo ser tratada por la oposición de los diputados cartistas y abdistas.