¿Cómo dijo?

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¿Cómo dijo?
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Pirata. 1. adj. Perteneciente o relativo al pirata o a la piratería. Se recomienda distinguir entre los términos pirata y corsario, pues, aunque son muchos los medios de comunicación que los utilizan como sinónimos, existe entre ambos una diferencia de sentido. Un pirata es la ‘persona que, junto con otras de igual condición, se dedica al abordaje de barcos en el mar para robar’. Sin embargo, el corsario, aunque practique la misma actividad, lo hace protegido por una patente de corso (de ahí su nombre), una licencia concedida por un determinado Gobierno para saquear embarcaciones que se consideran enemigas. La Academia recoge, también, entre otras, las siguientes acepciones: 2. adj. Ilegal, que carece de la debida licencia o que está falsificado. 5. m. y f. Persona o entidad que copia o reproduce el trabajo ajeno, en especial libros, discos, películas, programas informáticos, etc., sin autorización y sin respetar la propiedad intelectual. pirata aéreo, a 1. m. y . Persona que, bajo amenazas, obliga a la tripulación de un avión a modificar su rumbo.

Fuentes: https://www.fundeu.es/consultas/ / Diccionario de la Real Academia Española