Acuerdo refuta la dicotomía entre cuidado del ambiente y el desarrollo económico

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PRINCIPIO PRECAUTORIO, PARTE DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO AMBIENTAL PARAGUAYO
PRINCIPIO PRECAUTORIO, PARTE DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO AMBIENTAL PARAGUAYOArchivo, ABC Color

Que el desarrollo económico y la protección ambiental no pueden coexistir al mismo tiempo es una hipótesis que se ha planteado y tiene férreos defensores. Sin embargo, para Alicia Bárcena, secretaria ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), con el “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, más conocido como Acuerdo de Escazú, se refuta la dicotomía entre ambas variables.

Precisamente, el documento, adoptado en Escazú (Costa Rica) en marzo de 2018, lo que hace es establecer una nueva relación entre el Estado, el mercado y la sociedad, ya que “no puede haber crecimiento a expensas del medio ambiente y no puede gestionarse el medio ambiente ignorando a nuestros pueblos y nuestras economías”, según alega Bárcena.

Que el acuerdo de referencia ha generado todo tipo de críticas es una realidad; desde los sectores conservadores de la Iglesia Católica a nivel local, que lo relacionaron con lo que algunos grupos llaman “ideología de género” (un tema ya aclarado y superado), hasta los gremios tradicionales de la producción (UGP, ARP, etc.), que plantearon en su momento que habría una pretendida afectación a los derechos de propiedad por aplicación del principio precautorio, principio incluido en este nuevo documento regional.

Pero al leer el citado acuerdo, disponible en la web para quien lo quiera desglosar y de esa manera no dejarse llevar por grupos con intereses sectoriales (que son genuinos y entendibles pero no pueden estar por encima de los intereses generales), y al revisar el derecho positivo, encontramos que en realidad el principio precautorio forma parte de los principios generales de derecho ambiental paraguayo desde hace décadas, pues nuestro país ha ratificado diversos acuerdos internacionales que lo contemplan.

El presidente de BirdLife International para las Américas y titular del Comité Paraguayo de la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza), Dr. Alberto Yanosky, destaca precisamente que cualquier persona u organización podría invocar el principio precautorio para defender el ambiente, haciéndose responsable de las consecuencias de su reclamo. No necesita del Acuerdo de Escazú (ver infografía).

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No obstante, sabemos también que dicho principio no siempre es respetado justamente por los intereses económicos para los que resulta una amenaza y es por ese motivo que hace falta un instrumento legal adicional a los existentes que permita avanzar hacia una mayor protección del medio ambiente y hacia el desarrollo sostenible.

El Acuerdo Escazú desarrolla el principio 10 de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro en junio de 1992, que establece: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda.

En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de la que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones.

Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre estos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes”.

Ezequiel Santagada, de la ONG Idea que a nivel local impulsa el acceso a la información pública, explica que en Europa el principio 10 que se lee en la Declaración de Río fue desarrollado por el “Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente” de 1998, o Convenio de Aarhus; se trata del tratado equivalente a Escazú en nuestro continente.

“Además de ser una herramienta para la protección del ambiente, Aarhus ha acompañado el desarrollo económico de Europa en los últimos veinte años. Por ello, difícilmente los países europeos quieran entrar a un acuerdo de libre comercio con el Mercosur si sus miembros tienen legislación ambiental más laxa que la propia”, sostiene Santagada.

Además de Idea, organismos como WWF, Guyra Paraguay, Fundación Moisés Bertoni y otros, se han pronunciado a favor del acuerdo. En contrapartida, la Asociación Rural del Paraguay (ARP) y la Unión de Gremios de la Producción (UGP) fueron los gremios que se manifestaron en abierta oposición.

“¿Cómo podría entenderse que adoptar medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente suponga un menoscabo al ejercicio regular del derecho de propiedad de los productores agropecuarios? Entendiendo, obviamente, que ejercicio regular implica no depredar ni contaminar, ya que nadie tiene derecho a dañar el ambiente ni afectar derechos de terceros”, señala Santagada.

De acuerdo con los datos anunciados en su momento por la Cancillería, el Acuerdo de Escazú será presentado al Congreso paraguayo entre el corriente mes o en abril.

El convenio había sido firmado por el Poder Ejecutivo en 2018, pero tras las polémicas posturas opuestas, el presidente lo retiró del Legislativo, para su “mejor análisis”.

Hasta el momento, en América Latina y el Caribe son siete los países que ratificaron el acuerdo, cinco están en proceso, mientras que fue suspendido su análisis en dos.

A nivel local, se prevé que vuelva a ser presentado en las próximas semanas, ya con mayor información con respecto a la que se maneja hoy (datos objetivos que pueden revisar los legisladores, de modo a que decidan lo más conveniente para el bien colectivo general).

Derecho

Ejercicio regular implica no depredar ni contaminar, ya que nadie tiene derecho a dañar el ambiente ni afectar derechos de terceros.

gbenitez@abc.com.py