Después de casi 80 años Paraguay modernizará su ley de Estadística

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Después de casi 80 años Paraguay modernizará su ley de Estadística
Después de casi 80 años Paraguay modernizará su ley de EstadísticaArchivo, ABC Color

La Cámara de Diputados sancionó el martes último el proyecto de ley “Que establece la modernización del Sistema Estadístico Nacional (SISEN), y crea el Instituto Nacional de Estadística (INE)”. El texto se remite al Poder Ejecutivo para su promulgación. De esta forma, Paraguay, que tiene la ley de estadística más antigua de América Latina y El Caribe (ALC) con 78 años de vigencia, apunta a su modernización. Juntamente con El Salvador, son los últimos países de la región en materia de legislación estadística.

La estructura actual, conforme a la Ley Nº 11.126/1942, no se ajusta a los principios fundamentales de las estadísticas oficiales aprobadas internacionalmente, y tampoco permite un adecuado funcionamiento del sistema estadístico nacional, así como tampoco define su gobernanza. Técnicos de la Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos (DGEEC), dependiente de la Secretaría Técnica de Planificación de Desarrollo Económico y Social (STP), que tienen la memoria institucional de este logro fundamental para el país, recuerdan que se ha realizado un trabajo arduo en varios niveles, dentro de un proceso que demandó alrededor de dos décadas, arrancando en el año 2000 con un trabajo de consultoría con especialistas del Instituto Nacional de Estadísticas e Informática (INEI) del Perú, que se encargaron de elaborar el proyecto de ley inicial.

¿Por qué plantear en Paraguay hoy una nueva ley de modernización del Sistema Estadístico Nacional (SISEN) y crear el Instituto Nacional de Estadística (INE)?

Porque contar con información de calidad y oportuna permite adoptar decisiones en los ámbitos público y privado, lo que resulta particularmente relevante en el contexto actual de pandemia. Permitirá además contar con un marco normativo moderno y sólido, que faculte a la Oficina Estadística (ONE) para ejercer rectoría y coordinación del SISEN. Igualmente es perentoria la necesidad de reforzar la capacidad estadística de los países, en forma integral.

Según las consultas hechas al respecto, también es clave el mayor acceso y uso de datos administrativos combinados con fuentes de informaciones tradicionales (encuestas y censos) como con las nuevas fuentes de información (Big data RRSS, telefonía, bases de datos de instituciones privadas, etc.). La legislación estadística moderna requiere de principios de estadísticas oficiales, definiciones y conceptos, además de independencia profesional y gobernanza. Programas estadísticos como principales herramientas de coordinación del SISEN.

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Igualmente los consejos estadísticos se constituyen en instancias de retroalimentación y orientación al usuario, entre varios otros argumentos como la confidencialidad de los datos, uso exclusivo para fines estadísticos y aspecto de seguridad de la información.

Principales características de la ley actual

La Ley Nº 11126/1942 que se encuentra vigente actualmente data del año 1942 con 78 años de vigencia, tras ser aprobada durante la presidencia de don Higinio Morínigo. Entre sus principales características sobresale que es un decreto ley alineado a la Constitución Nacional de 1940, y hace referencia a instituciones que han desaparecido del organigrama del Estado paraguayo y a una moneda ya fuera de circulación (peso a guaraní). Además no legisla absolutamente nada sobre el uso de medios electrónicos para la actividad estadística, cuestión vital para que la DGEEC pueda hacer un salto tecnológico. Hace referencia a un “estatuto del funcionario público” que a la fecha ya se encuentra derogado por la Ley Nº 1626 “De la función pública”.

También esboza los cimientos de lo que conocemos hoy en día como el “secreto estadístico”, pero sin precisión y sin utilizar dicho término. Sin embargo, definir correctamente este principio resulta una necesidad para la realización de los distintos operativos estadísticos por parte de la DGEEC. Igualmente hace referencia a instituciones públicas que ya han desaparecido de la esfera pública como ser el Banco de la República del Paraguay, Departamento Nacional del Trabajo, Departamento de Tierras y Colonias, etc.

Lo que contempla la nueva Ley

El proyecto de Ley INE 2020 está alineado a la Constitución Nacional de 1992 y a los principios fundamentales de las estadísticas de NN.UU. y hace referencia a instituciones vigentes en el organigrama del Estado paraguayo e incorpora una visión sistémica, además de contemplar que la actividad estadística se deberá regir por los principios de independencia técnica, centralización normativa y descentralización operativa, imparcialidad, calidad, confidencialidad, comparabilidad y coordinación del SISEN. También prevé la creación del Consejo Nacional de Estadísticas como órgano consultivo del Instituto Nacional de Estadística (INE). Establece los requisitos de responsabilidad personal y funciones. El director nacional deberá ser de nacionalidad paraguaya, haber cumplido 30 años de edad, gozar de reconocida honorabilidad, poseer título universitario de carreras afines a las funciones del INE y contar con probada idoneidad. Refiere que la actividad estadística se deberá regir por principios de independencia técnica, centralización normativa y descentralización operativa, imparcialidad, calidad, confidencialidad, comparabilidad y coordinación del SISEN.

En cuanto a la creación del Consejo Nacional de Estadísticas instaura como órgano consultivo del INE y establece los requisitos, entre responsabilidad personal y funciones. El director nacional deberá ser de nacionalidad paraguaya, haber cumplido 30 años de edad, gozar de reconocida honorabilidad, poseer título universitario de carreras afines a las funciones del INE y contar con probada idoneidad.

¿Qué es el secreto estadístico?

Es un principio fundamental para la estadística oficial, según las Naciones Unidas ONU y la comunidad internacional. Dicho principio obliga al Instituto Nacional de Estadística (INE) y sus funcionarios a no divulgar los hechos que se refieran a personas o entidades determinadas de que hayan tomado conocimiento en el desempeño de sus actividades. El estricto mantenimiento de estas reservas constituye el “secreto estadístico”. Dicho principio se encuentra consagrado en el Art. 3, inc. f, del presente proyecto de ley sancionado. No es un principio desarrollado interna o localmente, sino proviene de las buenas prácticas internacionales. Tampoco es un blindaje para funcionarios del INE, sino todo lo contrario, ya que es un límite al INE para no divulgar información privada.

Debilidades

En los talleres realizados con miembros del SISEN se han identificado debilidades como la ausencia de una cultura estadística nacional e institucional, desconocimiento recíproco de lo que produce cada una de las instituciones y falta de coordinación, elevada heterogeneidad de capacidades estadísticas, tanto tecnológicas como de RR.HH., insuficiencias en la interacción con el conjunto de usuarios especializados y en sus capacidades comunicacionales con la sociedad.

Otras falencias detectadas tienen que ver con la necesidad de ampliar conocimiento técnico y estándares, entre los funcionarios a cargo de registros administrativos, para mejorar su uso estadístico y la interoperabilidad de los registros además de la insuficiencia de presupuesto para financiar operaciones estadísticas en varios casos, y/o para materiales en otros.

Los próximos pasos

Para el periodo 2021 – 2022 se prevé diseñar y ejecutar la reingeniería institucional de la DGEEC para conformar el INE en función de los requerimientos de la aprobación de la nueva ley de estadística, implementar y poner en rutina interinstitucional el uso del sistema Adapta, reunificar en un solo edificio, mejorar y modernizar la infraestructura física y tecnológica de la DGEEC/INE. Además está previsto consolidar la ejecución del proyecto de fortalecimiento de la cobertura, calidad e interoperabilidad de los registros administrativos con fines estadísticos y conformar los subsistemas que se requieren, adicionales a los existentes. También se deberá iniciar el desarrollo del Laboratorio de Investigación Estadística y Ciencia de Datos; capacitando al personal de la DGEEC/INE, e incorporando pasantes del sector académico para potenciar el impulso y generar proyectos de estadística aplicada para la DGEEC y el SISEN. Desarrollar una moderna estrategia y mecanismo de comunicación estadística, y de atención de consultas de los usuarios y cooperantes.