Financiamiento de armas

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¿Qué es el financiamiento a proliferación de armas de destrucción masiva? Es todo acto que provea fondos o utilice servicios financieros, en todo o en parte, para fabricación, adquisición, posesión, desarrollo, exportación, trasiego de material, fraccionamiento, transporte, transferencia, depósito o uso de armas nucleares, químicas o biológicas, sus medios de lanzamiento y otros materiales relacionados (incluyendo tecnologías y bienes de uso dual para propósitos ilegítimos) en contravención de leyes nacionales u obligaciones internacionales, cuando esto último sea aplicable.

¿Qué es un sujeto obligado? Es cada persona jurídica o natural que esté sometida a las obligaciones establecidas en las leyes de ALA/CFT (antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo); como las pautas de identificar al cliente, de aplicar medidas de debida diligencia, de desarrollar políticas internas, de llevar registro e informar operaciones sospechosas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)

¿Qué es un beneficiario final? El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) define beneficiario final como la persona que finalmente posee o controla a un cliente, y/o la persona en cuyo nombre se realiza una transacción. Incluye a la gente que ejerce control efectivo final sobre persona jurídica u otra estructura jurídica.

Fuente: Glosario de definiciones, Secretaría de Prevención de Lavado de Dineros o Bienes (Seprelad).

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