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La Corte Suprema de Justicia emitió un fallo que representará un millonario golpe a los fondos jubilatorios del Instituto de Previsión Social (IPS), al hacer lugar a la acción de marinos mercantes que pretenden cobrar cifras jubilatorias muy por encima del monto máximo establecido por la ley de la previsional. El tope establecido es de 10 salarios mínimos.

Si bien el Acuerdo y Sentencia Nº 1917, que dictó la Sala Constitucional de la Corte el 22 de diciembre de 2016, por el cual se hizo lugar a la acción promovida contra la Ley N° 98/92, aún no está firme, ya que dicha sala tiene que resolver incidentes de nulidad y aclaratorias promovidas por el IPS, dicho A.S. fue firmado en su momento por los ministros Miryan Peña Candia, Miguel Bajac y doctor Sindulfo Blanco.

Además de la preocupación que este tema genera en los aportantes activos al ente previsional así como a los jubilados, el Ministerio de Hacienda también refiere que el fallo de la Corte Suprema de Justicia señala que la decisión podría dar lugar al pago de haberes jubilatorios por encima del tope establecido legalmente, también en otros sectores. El viceministro de Economía, Iván Haas, sostuvo que la Caja Fiscal igualmente tiene aportantes con salarios de montos importantes.

“De quedar firme este fallo se sienta un precedente para que estos funcionarios también puedan reclamar judicialmente el pago de su haber jubilatorio en función a su salario, y esta situación genera mucha preocupación”, precisó. Este tema desencadenó el viernes último en la desvinculación de Pedro Halley, quien se desempeñaba como gerente de Prestaciones económicas del IPS, tras advertir sobre riesgos de los fondos jubilatorios.

Halley había vaticinado un horizonte negativo para los fondos de la previsional, más todavía si no se realizan reformas. “Pero con gente que no tiene visión a largo plazo de un seguro social, no creo que se pase del horizonte actuarial”, resaltó.

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