El suscriptor del seguro

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En el seguro, por su naturaleza, un solo asegurado no hace al seguro. Necesita conformar una masa de asegurados porque rige el principio de la mutualidad, es decir, pequeños aportantes que generan un fondo común que es administrado por la aseguradora. Luego ya opera la ley de los grandes números y el principio de las probabilidades como regla actuarial que permite controlar la frecuencia y la intensidad de los eventos siniestrales que se produzcan en la masa.

Pero detrás de eso, hay una función importante que nace con lo que se denomina la selección de riesgo que es parte del proceso que en la actividad aseguradora se conoce como suscripción. Es la actividad necesaria para determinar los riesgos asegurables que se ofrecen al asegurador de forma que se cumplan los objetivos de la misma y no afecte a la masa. Así los canales de venta presentan las solicitudes, pero es el “suscriptor” el que finalmente selecciona las opciones de cobertura y decide su posible aceptación o no. Aquí juegan un papel importante los agentes y corredores, ya que estos conocen la política de suscripción de las aseguradoras y constituyen un filtro en la selección de riesgo, además del asesoramiento mismo que les brinda a los asegurados. Por eso, estos son también conocidos como suscriptores.

La negativa de asumir el riesgo implica informar al asegurado dicha decisión sin responsabilidad para ninguna de las partes, ya que “...La propuesta del contrato, cualquiera sea su forma, no obliga al asegurado ni al asegurador. La propuesta puede subordinarse al conocimiento previo de las condiciones generales…” (2º párrafo del artículo 1548 del Código Civil). Inclusive aún habiéndose emitido la póliza, “…cualquiera de las partes tendrá derecho a rescindir el contrato sin expresar causa…” y, “…en el caso de que el asegurador ejerza esta facultad, deberá dar un preaviso no menor de quince días y reembolsar la prima proporcional por el plazo no corrido…” (2º párrafo, artículo 1562 del Código Civil).

De esta forma, la tarea de suscripción es básicamente analizar las tarifas en relación al riesgo a cubrir, y al aceptar un riesgo supone que se encuentran nivelados ambos conceptos.

Las primas deben ser suficientes para soportar un riesgo específico. Para ello, el suscriptor debe contar con la mayor información posible, y cuanto más grande es el riesgo a cubrir, más información es necesaria. De ahí la importancia del inspector de riesgo o del servicio de riesgo que realizan una evaluación integral del mismo con mayor exactitud y en términos conocidos por el asegurador a través de la inspección.

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En el caso del seguro de vida, el suscriptor debe poseer una técnica muy especializada para resolver los diversos problemas matemáticos que encara el asegurador, son las denominadas técnicas actuariales, y permite analizar las tablas de mortalidad de un universo de personas en función a su edad y tiempo para poder calcular a valor presente la prima que será suficiente en el largo plazo, es decir, para riesgos de 5, 10, 20 o más años.

Finalmente, el suscriptor, una vez aceptado el riesgo traslada la propuesta al departamento de emisión de pólizas para su construcción o redacción adecuando toda la información posible obtenida al modelo de standard de clausulados y condicionados debidamente registrados en la Superintendencia de Seguros.

Por tanto, es importante que el solicitante o asegurado prevea al agente, corredor o productor, toda la información posible del riesgo para que el suscriptor pueda analizar correctamente y a su vez es importante que el asegurador baje a la póliza dicha información con redacción clara y legible lográndose así un perfecto equilibrio contractual entre asegurado y asegurador.

Tarifas

La tarea de suscripción es analizar las tarifas en relación al riesgo a cubrir, y al aceptar un riesgo supone que se encuentran nivelados ambos conceptos.

(*) Abogado.