Siguiendo con nuestras publicaciones referentes a la "Guía Ciudadana del Municipio", presentamos en esta edición las funciones que deben desempeñar los municipios.
Funciones asignadas a las municipalidades según la Ley Nº 3966/2010 Orgánica Municipal (L.O.M.).
El artículo 12 de la L.O.M. establece que las municipalidades no estarán obligadas a la prestación de los servicios que estén a cargo del Gobierno Central, siempre y cuando no se hayan firmado convenios de delegación de competencias que suponen una transferencia de recursos para ello. Sin perjuicio de esto, se establece que las municipalidades, en el ámbito de su territorio, tendrán las siguientes funciones:
1. Planificación, urbanismo y ordenamiento territorial
Comprende la planificación del Municipio a través del Plan de Desarrollo Sustentable y del Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial, así como la delimitación de las áreas urbanas y rurales.
Se ocupa de la reglamentación y fiscalización de normas contra incendios y derrumbes, de la publicidad en la vía pública, de construcciones públicas y privadas, del régimen del loteamiento inmobiliario y del uso y ocupación del suelo. También se encarga de la numeración de edificaciones, nomenclatura de calles, avenidas y otros sitios públicos, y del mantenimiento de un sistema catastral municipal.
2. Infraestructura pública y servicios
Construcción y mantenimiento de la infraestructura pública del municipio (calles, avenidas, parques, plazas, balnearios, etc.) también de los caminos vecinales rurales y otras vías de comunicación. Es responsable de los sistemas de desagüe pluvial, la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario (en los casos que estos servicios no fueren prestados por otros organismos públicos). Regula y presta los servicios de aseo, recolección, disposición y tratamiento de residuos; servicios funerarios y cementerios; y la organización y administración de los centros de abasto, mercados, mataderos, ferias municipales, y similares.
3. Transporte público y tránsito
La prestación, regulación y fiscalización del servicio de transporte público de pasajeros y de cargas; también regula y fiscaliza el tránsito en calles, avenidas, caminos municipales (incluyendo lo relativo a la seguridad y circulación de vehículos y de peatones), además del estado de los vehículos atendiendo la seguridad pública, la higiene, salubridad, y la prevención de la contaminación.
4. Ambiente
Se encarga de la preservación y conservación de los recursos naturales, garantizando la calidad ambiental del municipio mediante regulaciones y la fiscalización del cumplimiento de las normas ambientales nacionales. También debe establecer un régimen local de servidumbre y de delimitación de las riberas de los ríos, lagos y arroyos.
5. Espectáculos públicos y lugares de concurrencia pública
La reglamentación y fiscalización de los espectáculos públicos y de lugares privados de acceso público, atendiendo la preservación ambiental, seguridad, salubridad, higiene, protección de niños/as y adolescentes y a los derechos individuales o colectivos al reposo y tranquilidad.
6. Patrimonio histórico y cultural
La Municipalidad se encarga de la preservación y restauración del patrimonio cultural, arqueológico, histórico o artístico, y de sitios o lugares de valor ambiental o paisajístico, además debe establecer un inventario de estos sitios.
7. Salud, higiene y salubridad
Reglamenta y controla las condiciones higiénicas de manipulación, producción, traslado y comercialización de comestibles y bebidas; así como las condiciones higiénicas de locales y espacios de concurrencia pública y condiciones de tenencia de animales domésticos en zonas urbanas. Este apartado incluye además la protección de los derechos de los consumidores. También la prestación de servicios de salud, elaboración de planes municipales de salud conforme a las necesidades de la población, especialmente en cuanto a salud reproductiva para la población de escasos recursos. Se ocupa de la organización y coordinación de los Consejos Locales de Salud. La participación en la formulación de la política y estrategia nacional, regional y local de salud, y la fiscalización, monitoreo y evaluación del Plan Nacional de Salud a través de los Consejos Locales de Salud y de los Comités Ejecutivos Locales. Igualmente debe realizar actividades de promoción, recuperación y rehabilitación de la salud, prevención de enfermedades y educación sanitaria.
8. Educación, cultura y deporte
Implica la prestación de servicios de educación y el fomento de la cultura, deporte y turismo. La Municipalidad debe elaborar planes de educación y apoyar a las organizaciones de padres de familia y de estudiantes. También le compete la construcción, mejoramiento y mantenimiento de locales destinados a la enseñanza pública, la promoción de la conciencia cívica y la solidaridad de la población para su participación de las actividades de interés comunal.
9. Desarrollo productivo
Se incorpora la prestación de servicios de asistencia técnica y promoción de las micro- y pequeñas empresas y de emprendimientos. La planificación, elaboración y ejecución de proyectos de desarrollo sostenible, así como participar en la formulación de la política y estrategia nacional, regional y local de desarrollo económico, social, ambiental. También le concierne el desarrollo de planes y programas de empleo en coordinación con las autoridades nacionales competentes.
10. Desarrollo humano y social
La Municipalidad debe ocuparse de la construcción, mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura social necesaria en el municipio (equipamiento, mobiliario, insumos y suministros en general) para la adecuada prestación del servicio de atención a la mujer, a la niñez y adolescencia, a la tercera edad y a los sectores vulnerables en general.
Debe formular e implementar proyectos de desarrollo humano y social, programas de lucha contra la pobreza, participar en la formulación de la política y estrategia nacional y departamental e implementar programas integrales de equidad de género, de promoción y atención de la mujer, de la niñez y adolescencia, integración a la vida social de personas con discapacidad física y mental, de la tercera edad y de otros sectores vulnerables.