Durante el debate, la fiscal Cinthia Leiva Cardozo produjo numerosas pruebas documentales y testimoniales para demostrar la existencia del hecho y la culpabilidad del acusado. Por consiguiente, el Tribunal Colegiado de Sentencia -presidido por Zunilda Martínez Noguera y conformado por Marino Méndez y Herminio Montiel- dictó el fallo condenatorio.
Conforme a las pruebas, se pudo demostrar que el hombre había sometido sexualmente a su hijastra, en marzo de 2019, en el interior de un inmueble ubicado en la capital del Alto Paraná. El padrastro aprovechó el momento en que quedó solo con la niña, quien en aquel entonces tenía 9 años de edad.
Tras el abuso, el agresor había amenazado a la menor de edad diciéndole que le pasarían cosas peores si comentaba lo sucedido. A raíz de aquello, la víctima calló el hecho por unos días, hasta que el 4 de marzo de ese año confesó lo ocurrido a su abuela, quien luego se encargó de radicar la denuncia ante el Ministerio Público.
Los datos del condenado y mayores detalles del caso se mantienen en reserva para evitar la identificación de la víctima, en virtud a lo establecido en el Código de la Niñez y Adolescencia.
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