Gremio médico califica de injusta y arbitraria condena contra colegas

CIUDAD DEL ESTE. La Asociación de Médicos de Alto Paraná (AMAP) calificó de injusta y arbitraria la condena contra la ginecobstetra Rosana Nikonchuk y la pediatra Gricelda Sánchez por el caso de la joven que quedó en estado vegetativo luego de una cesárea. Refiere que se instaló una campaña de presión mediática y de desprestigio.

Los familiares de Raquel Miranda celebraron el fallo contra las médicas.
Los familiares de Raquel Miranda celebraron el fallo contra las médicas.Patricia Alvarenga

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El gremio médico emitió un comunicado con respecto al fallo en el marco de un juicio por lesión culposa contra las referidas médicas por el caso de la joven Raquel Miranda (30), quien resultó con graves daños cerebrales, tras someterse a una cesárea.

El juzgamiento estuvo a cargo del tribunal unipersonal de la jueza Flavia Recalde, quien dictó sentencia el pasado jueves, 15 de julio, condenando a la ginecobstetra Rosana Nikonchuk a un año de pena privativa de libertad y a la pediatra Gricelda Sánchez a seis meses, ambas con suspensión a prueba de la ejecución; dispuso además el pago de una composición de G. 150 millones y G. 11 millones, respectivamente.

La misiva refiere que se ha presentado una querella “utilizando a los medios de prensa escritos, virtuales y televisivos, a fin de llevar a cabo una campaña de presión mediática y de desprestigio contra las colegas, quienes confiadas en la justicia se sometieron a la misma”.

Agrega que en el desarrollo del juicio se diligenciaron pruebas y han comparecido profesionales médicos, quienes explicaron que la complicación sufrida por la paciente fue de origen anestésico y no ginecológico. “Inclusive se ha desarrollado una Junta Médica, que determinó que la responsabilidad no era de la ginecobstetra, sino de una complicación anestésica”, menciona.

La AMAP entiende que el tribunal emitió una sentencia injusta, arbitraria y extremadamente gravosa. “Expresamos nuestro repudio a la injusticia, la señora jueza en su explicación alegó que por restablecer la paz social debe condenar, esta sociedad de profesionales dice que no se puede hablar de paz social, dictando una sentencia injusta y violando el derecho a la legitima defensa”, cuestiona.

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Finaliza expresando apoyo incondicional a las médicas condenadas, calificando que están sufriendo “la injusticia de un sistema judicial que cede ante presiones de los medios y otras motivaciones”.

El caso

El 3 de enero del 2020, la paciente Raquel Miranda se sometió a una cesárea de urgencia en el Sanatorio Central de Ciudad del Este. Durante el procedimiento se presentaron complicaciones con la anestesia, que le fue aplicada en más de dos ocasiones porque “no prendía”. En ese momento la joven estaba con el estómago lleno, por lo que una reacción le provocó una broncoaspiración que le causó hipoxia cerebral, dejándola en estado vegetativo.

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En cuanto al recién nacido, se menciona que ante la falta de una incubadora fue expuesto a una estufa. La pediatra había sido convocada por el equipo médico para asistir en el trabajo de reanimación de la madre, dejando al bebé por algunos minutos, tiempo en que sufrió quemaduras de primer y segundo grado, según consta en el juicio.

El anestesiólogo de esa intervención fue el doctor Rodolfo Ritter, quien no fue llevado a juicio tras un acuerdo extrajudicial con la familia Miranda.

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