Condenan a médicas por caso de la joven que quedó en estado vegetativo

CIUDAD DEL ESTE. Dos médicas fueron condenadas por el caso de la joven que quedó en estado vegetativo luego de una cesárea. Tras un largo y extendido debate, el tribunal unipersonal, a cargo de la jueza Flavia Recalde, dictó sentencia.

Edilberto Miranda, hermano de la víctima, abraza al abogado Albino Ramírez (i), mientras otros familiares celebran el fallo favorable.
Edilberto Miranda, hermano de la víctima, abraza al abogado Albino Ramírez (i), mientras otros familiares celebran el fallo favorable.Patricia Alvarenga

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La ginecobstetra Rosana Nikonchuk recibió una pena de 1 año y la pediatra Gricelda Sánchez de 6 meses, ambas con suspensión a prueba de la ejecución; asimismo, el tribunal dispuso el pago de una composición de G. 150 millones y G. 11 millones, respectivamente.

Se trata de un juicio desarrollado en el Poder Judicial de Ciudad del Este, en el marco de una querella por lesión culposa presentada por la familia de la ingeniera agrónoma Librada Raquel Miranda (30).

El 3 de enero del 2020, la joven se había sometido a una cesárea de urgencia en el Sanatorio Central; sin embargo, la intervención no salió como esperaba. Durante el procedimiento hubo complicaciones en el momento de la anestesia, ya que la paciente se encontraba con el estómago lleno, situación que el plantel médico no previó. Esto le provocó una broncoaspiración, causando una hipoxia cerebral que la dejó en estado vegetativo.

“La doctora Rosana Nikonchuk ha obviado o ha omitido el protocolo dispuesto en el manual nacional de atención a principales patologías obstétricas del Ministerio de Salud, así como en el protocolo de manejos quirúrgicos, la falta de preparación de la mesa de instrumentación y material quirúrgico necesario y la valoración preanestésica, esto considerando que quedó probado que efectivamente se trató de una cesárea de urgencia”, dijo la jueza en la lectura de sentencia.

Agregó que la médica fue la profesional quien inspeccionó y conversó con la paciente, por lo que “debió necesariamente comunicar al anestesiólogo que estaba con el estómago lleno”.

Con relación a la pediatra, la demanda refería que el recién nacido resultó con quemaduras de primer y segundo grado, luego de ser expuesto a una estufa, ante la falta de una incubadora. La doctora había dejado al menor por un momento para ir a apoyar al equipo en el trabajo de reanimación de la madre.

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“Conforme a lo probado en juicio y específicamente también el informe de la junta médica determinó que incumplió el protocolo de salud, ya que debió haber tomado las medidas preventivas, específicamente verificar el equipo de la sala de recepción del recién nacido, tener preparado el equipo de reanimación e incubadora, más aún tratándose de un prematuro y más confirmándose de que en el historial clínico no se constató el personal que asista al recién nacido durante el periodo que la pediatra asistió a la madre en la reanimación”, dijo la magistrada.

El hermano de la víctima, Edilberto Miranda, manifestó estar conforme con la condena e hizo mención de que hay un gremio médico que se protege, con respecto a que siete profesionales se inhibieron de participar en la junta médica para la elaboración y evaluación de la pericia.

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“No puede quedar impune un caso así y el caso de Raquel Miranda es ejemplar para que los malos médicos piensen mil veces antes de hacer mala praxis u omisiones en el cuidado de sus pacientes, porque la justicia sí existe si se pelea y esto es una victoria para nosotros”, expuso.

Al término del juicio, familiares y amigos de la joven Raquel Miranda celebraron la decisión.

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