El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz dictó auto de procesamiento contra Carmelo Ovono Obiang, hijo del mandatario y secretario de Estado de la Presidencia; Isaac Nguema, director de la Seguridad Presidencial, y Nicolás Obama, ministro de Estado, al entender que hay indicios racionales de que puedan ser los autores de los secuestros y torturas.
En el escrito, relata que las cuatro víctimas, todos ellos opositores al régimen de Obiang, se desplazaron a Sudán del Sur desde Madrid en 2019 invitados por un amigo, que pudo ser en realidad una trampa.
Aparentemente, según el juez, "las cuatro personas fueron presuntamente secuestradas el 15 de noviembre de 2019" y trasladadas contra su voluntad a Guinea Ecuatorial, donde las autoridades habrían ordenado su ingreso en una prisión de Malabo.
Allí, supuestamente, fueron torturados, "imputándoles su participación en un golpe de Estado contra el Gobierno guineano".
Estos hechos pueden constituir delitos de secuestro con finalidad terrorista, de torturas y contra la integridad moral, de desaparición forzada de personas y, alternativamente, un delito de lesa humanidad.
Los tres altos cargos ahora procesados cuentan con órdenes nacionales e internacionales de detención desde febrero de 2024.
Esta causa lleva abierta desde 2023 y ha sufrido numerosos giros en la Audiencia Nacional, con varias revocaciones de decisiones del juez instructor tras los múltiples recursos de la acusación que ejercen los familiares de los opositores y del Movimiento para la Liberación de Guinea Ecuatorial-Tercera República (MLGE3R).
En un auto de septiembre de 2025, el Tribunal Supremo español instó al juez a seguir adelante con el caso por considerar que desde Guinea Ecuatorial "no ha existido cooperación", más bien al contrario. "Sus autoridades han tratado de boicotear estas actuaciones", señalaba.
El último episodio hasta ahora fue la suspensión el pasado 4 de febrero de la declaración telemática a la que estaban citados los tres investigados, y que había sido inicialmente solicitada por sus propios abogados.
No obstante, poco antes de esa fecha, las defensas cambiaron de criterio y, además, la propia Audiencia Nacional anuló la citación y le dijo al juez que podrá interrogarlos cuando se encuentren "a disposición efectiva de la jurisdicción española mediante la ejecución de las órdenes internacionales de detención" citadas.
