El Pleno explicó que la compensación económica busca "resarcir el desequilibrio patrimonial asociado a la distribución de las tareas de cuidado", pues quien dedica mayor tiempo al hogar puede "enfrentar menores oportunidades de desarrollo profesional, obtención de ingresos y formación de un patrimonio propio".
La ponencia, presentada por la magistrada Yasmín Esquivel Mossa, surgió de una contradicción de criterios entre Tribunales Colegiados de Circuito de Veracruz y Aguascalientes, que llegaron a "conclusiones opuestas" al resolver un "mismo problema jurídico" relacionado con este tema.
Durante su ponencia, la togada argumentó que la discrepancia consiste en que uno de los tribunales "excluyó del cálculo para la compensación económica" el inmueble adquirido por el cónyuge a través de un contrato de crédito, mientras que el otro lo incluyó.
En ese sentido, dijo, la interrogante a resolver es: si bajo el régimen de separación de bienes, es posible "cuantificar la compensación económica" de la vivienda comprada a crédito antes del vínculo, pero que las parcialidades fueron cubiertas durante la vigencia del matrimonio.
"Una interpretación contraria impediría valorar el trabajo doméstico y de cuidado de los integrantes realizado por uno de los cónyuges", aseguró Esquivel Mossa, en un país donde más del 75 % de las mujeres realiza los trabajos domésticos y de cuidados.
Asimismo, recordó que en México la compensación económica tiene una "función resarcitoria", por lo que "se encuentra dirigida a ser efectiva la igualdad entre los cónyuges", al permitir corregir las desventajas económicas que puedan "derivar de la distribución de las labores domésticas y de cuidado".
"La compensación económica surgió para hacer frente a los roles de género que han afectado de manera desproporcionada a las mujeres, particularmente por la asignación desigual del trabajo doméstico y de cuidados no remunerado, con efectos contrarios a su autonomía económica", insistió.
También adelantó que el proyecto se desarrolla en tres apartados: el régimen patrimonial del matrimonio y contribución de las cargas familiares, la naturaleza y finalidad de la compensación económica, y el alcance de los bienes que deben considerarse para la compensación económica.
En ese misma línea, el ministro (magistrado) Arístides Guerrero García argumentó que este asunto "permite reconocer una realidad que, durante muchos años, ha permanecido invisible, miles de mujeres que han dedicado su vida al cuidado de sus familias, sacrificando oportunidades profesionales y sacrificando también oportunidades económicas".
El valor económico del trabajo no remunerado en labores domésticas y de cuidados equivale en México al 23,9 %, según las últimas cifras publicadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
