Uno de los puntos principales del proyecto finalmente aceptado es que los miembros de las sociedades actualmente activas tienen hasta el 10 de diciembre del presente año para cambiar por ejemplo acciones al portador por nominativas.
Las empresas deberán de comunicar el cambio de las acciones y los nuevos datos de los portadores a la Abogacía del Tesoro, dependiente del Ministerio de Hacienda. Quienes no lo hicieren en ese plazo, primeramente perderán los derechos económicos sobre esa acciones y son pasibles de multas.
Si luego de seis meses del plazo final establecido siguen sin actualizar la documentación pierden la validez de los documentos y por ende los derechos dentro de la sociedad, aunque se les podrá reembolsar ese monto a quienes acrediten legalmente la valides de los documentos anteriores.
En el caso de que sean la empresa completa la que no se adecuen en el plazo de seis meses posterior al vencimiento y no haya iniciado ningún trámite para regularizarse, estas serán obligadas a disolverse y realizar la liquidación correspondiente.
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Esta es una de las leyes que conforman el paquete “antilavado” promovido por el Gobierno, para tratar de no retornar a la lista gris de Gafilat, el órgano regional de control contra el lavado de dinero.
