Los antecedentes del caso revelan que el abogado Ricardo Sasiain Sosa, en representación de Nancy Rafaela Romero y la Universidad Internacional Tres Fronteras (Uninter), interpuso un amparo constitucional contra los medios de prensa RDN Resumen de Noticias, Diario Extra, Diario Vanguardia, Canal 9 y Diario Popular.
En el amparo se solicitó el cese de la difusión de imágenes, fotos y videos relacionados a un caso de supuesto acoso sexual sufrido por una docente de Uninter, por parte, supuestamente, del ingeniero Gustavo Duarte Ruiz Díaz, presidente del Consejo de Administración de esta universidad.
Por Sentencia Definitiva N° 12 del 24 de mayo de 2018, el juez hizo lugar al amparo y prohibió a los demandados la divulgación, publicación, generación y/o alteración por cualquier medio visual, escrita o en versión digital, imágenes en contra de Uninter y de la señora Romero Duarte.
A raíz de esta sentencia, el Colegio de Abogados de Alto Paraná denunció a Marecos ante el Jurado.
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El martes de la semana pasada, el caso fue tratado por los miembros del órgano juzgador de magistrados y una mayoría de cinco miembros votó por archivar la denuncia contra el juez.
El senador liberal Fernando Silva Facetti fue el preopinante. El legislador hizo una larga exposición a favor del criticado magistrado, para finalmente concluir que el mismo no cometió mal desempeño en funciones y solicitó archivar la denuncia.
Silva Facetti resaltó que el fallo fue confirmado por una Cámara de Apelaciones y la Corte Suprema, al rechazar esta última una inconstitucionalidad que se promovió contra la sentencia.
A la postura del senador se adhirieron Adrián Salas, Cristian Kriskovich, Hernán David Rivas y Eusebio Alvarenga. La ministra Gladys Bareiro se apartó del caso.
Kriskovich, para justificar su voto a favor de Marecos, dijo que el juez prohibió a los medios mencionar el nombre de la Universidad Internacional Tres Fronteras, que según él, no tenía nada que ver en el acoso sexual en el que supuestamente estaba involucrado el presidente del Consejo de Administración. Agregó que hubiera estado de acuerdo con el enjuiciamiento de Marecos si prohibía la publicación del caso.
El ministro de la Corte Manuel Ramírez Candia, contrariamente a los demás miembros, apuntó que es contundente que el magistrado violó la Constitución Nacional, que hace referencia a la libertad de prensa y de expresión. “El juez violentó el artículo 26 de la Carta Magna que prohíbe la censura previa”, enfatizó.
Ramírez Candia incluso solicitó a Kriskovich que cambie su voto y para ello incluso leyó la resolución de Marecos, en donde ordenó a los medios de prensa la no publicación contra Uninter.
Empero, Kriskovich se mantuvo en su postura.
El presidente del Jurado, el senador colorado Enrique Bacchetta, fue el que se adhirió al voto de Ramírez Candia.
El criticado juez de Ciudad del Este, como en otros casos tramitados ante el Jurado, logró su impunidad.
Marecos es el magistrado que fue cintareado por el exsenador Paraguayo Cubas, quien incluso defecó en el despacho del magistrado.
El archivo de la denuncia también favoreció a la camarista Miryan Meza.
Había prohibido manifestación
El juez Amílcar Marecos fue el juez que prohibió a un grupo de manifestantes a protestar frente a las casas y oficinas de los camaristas Aniceto Amarilla, Isidro González y Miryan Meza.
Marecos otorgó una medida de urgencia en un habeas corpus genérico que presentaron los camaristas, que fueron abucheados por otorgar el arresto domiciliario a un policía que fue condenado a diez años de cárcel por abuso sexual de una menor. En este mismo caso, el Jurado de Enjuiciamiento, recientemente, destituyó a Amarilla y González y apercibió a Meza.
Al otorgar la medida de urgencia y prohibir la manifestación, el magistrado se olvidó que la misma es garantizada por la Constitución Nacional, las leyes nacionales e internacionales ratificadas por nuestro país.
Solo luego de las críticas a su decisión por los medios de prensa y de los ciudadanos a través de la redes sociales, Marecos dictó sentencia definitiva, en la cual levantó la prohibición de manifestación.
El Jurado había solicitado los antecedentes de este caso y se espera que lo analice.
