Senado da “luz verde” al subsidio temporal para comerciantes de ciudades fronterizas

La Cámara Alta analizó y aprobó hoy en sesión extraordinaria el proyecto de ley que establece un subsidio temporal para los comerciantes de las ciudades fronterizas. A la normativa -que ya fue aprobada por los diputados- incluyeron nuevas localidades a las que deberá alcanzar la asistencia estatal. El documento vuelve a la Cámara Baja para una segunda consideración.

En el nuevo circuito comercial de Encarnación, la situación es crítica, cuentan los afectados.
En el nuevo circuito comercial de Encarnación, la situación es crítica, cuentan los afectados.Archivo, ABC Color

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Por mayoría, el Senado le dio “luz verde” al proyecto de ley “que otorga subsidios excepcionales directos a Trabajadores Cuentapropistas en situación de informalidad, a comerciantes y afines, ubicados en las ciudades de Encarnación, Alberdi, Puerto Falcón, Nanawa y Ayolas”. La aprobación de la normativa se dio con la inclusión de las ciudades de Pilar, Humaitá, Paso de Patria, Cerrito, Itá Corá y General Díaz.

Conforme a lo planteado en dicho documento se suspenderá el cuarto pago del subsidio del Programa Pytyvõ 2.0 autorizado en la Ley 6587/2020 mientras que para financiar el pago del nuevo subsidio se hará con el saldo no ejecutado previsto para la Ley 6680/20 “que establece medidas en el marco del plan de recuperación económica de los daños causados por la pandemia del covid-19″.

La ley establece el otorgamiento de un subsidio de G. 3.000.000 por tres meses a partir de la aprobación de la ley, a los comerciantes en general, personas jurídicas o físicas, debidamente identificadas en el Registro del Contribuyente y Patente Comercial, que habitan en las ciudades fronterizas. Estos recibirían en total G. 9.000.000.

También dispone tres pagos de G. 500.000 - G. 1.500.000 en total) a empleados en general y persona de apoyo de comercios, trabajadores informales, cambistas, vendedores ambulantes, carretilleros, taxistas, guardias de seguridad y otros.

Según la normativa, el Ministerio de Hacienda en coordinación con los gobiernos departamentales y municipales de los distritos incluidos en la ley deberán elaborar la lista de beneficiados que califiquen para recibir el subsidio.

Con las modificaciones hechas por los senadores, el documento será derivado a la Cámara de Diputados para su consideración en segunda vuelta.

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