Promulgan fondo nacional para cubrir gastos en UTI

La ley promulgada permite al Gobierno usar parte de los US$ 1.600 millones de créditos aprobados para la pandemia de covid y también autoriza al Ejecutivo a usar los recursos socioambientales de las binacionales para financiar el fondo con hasta G. 197.355.510.000. La normativa fue expedida en dos días.

El fondo cubrirá a los internados en las UTI de hospitales públicos, privados y de IPS.
El fondo cubrirá a los internados en las UTI de hospitales públicos, privados y de IPS.Archivo, ABC Color

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La ley promulgada el 15 de abril crea el Fondo Nacional para la cobertura de gastos durante la hospitalización en las Unidades de Cuidados Intensivos (UTI) de pacientes con covid-19 en el sector público, privado y previsional, y la compra de medicamentos esenciales para el tratamiento.

Tiene como finalidad garantizar la vida y evitar gastos catastróficos a pacientes y sus familiares. Según el artículo 4 de la norma, serán beneficiarias las personas residentes en el país -no hace discriminación a extranjeros- con diagnóstico de covid-19 o sus complicaciones, con indicación de ingreso a la UTI.

El Ministerio de Salud establecerá un listado de medicamentos, insumos, estudios de diagnósticos, cualquier tecnología y tratamiento que será cubierto por la ley. También establecerá los precios máximos diarios de cobertura en el sector privado y reglamentará los mecanismos de pago. Para aquellos que tengan seguro médico, el fondo cubrirá la diferencia que no cubrió el seguro.

Respecto a la financiación, en el artículo 8 establece que el fondo estará financiado hasta 90.000 salarios mínimos, es decir, G. 197.355.510.000 que provendrán de los saldos no ejecutados del préstamo de US$ 1.600 millones autorizado por la ley de emergencia contra el coronavirus. También se podrán redireccionar créditos programados en el MSPyBS, y el Ejecutivo está autorizado a usar los fondos socioambientales de Itaipú y de Yacyretá.

Hacienda se encargará de readecuar las programaciones y podrá redireccionar al fondo saldos no comprometidos de préstamos que hayan sido aprobados por ley y que están en etapa de ejecución.

La ley estará vigente mientras dure la declaración de emergencia. Ahora resta al Ejecutivo reglamentar la norma y para ello tiene un plazo de siete días.

La ley fue aprobada en el Senado el 13 de abril, fue sancionada al día siguiente en Cámara de Diputados y al tercer día se dio su promulgación.

Senadora celebra la promulgación

“Finalmente fue promulgada la Ley Nº 6725/21 que garantiza la cobertura 100% para pacientes de covid-19 en terapias intensivas del sector público, previsional y privado, incluyendo medicamentos, estudios e insumos, la cual tendrá que ser reglamentada en plazo máximo de 7 días”, celebró la senadora Esperanza Martínez (FG) en su Twitter.

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