Habeas data contra la ANR, a otro juez

El Tribunal de Apelación en lo penal, tercera sala, resolvió en mayoría anular una sentencia dictada en el marco de un habeas data contra la Asociación Nacional Republicana (ANR). La acción fue presentada por Sebastián Irala Palermo, quien pretende eliminar su afiliación irregular.

Cristóbal Sánchez, camarista.
Cristóbal Sánchez, camarista.Archivo, ABC Color

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Un nuevo juzgado deberá resolver el habeas data presentado contra la Asociación Nacional Republicana (ANR) por el ciudadano Sebastián Irala Palermo. El accionante solicita la destrucción de todo archivo referente a su persona en dicho partido, pues sostiene que fue afiliado en forma irregular.

Así lo resolvió ayer el Tribunal de Apelación, tercera sala, en mayoría, al anular la sentencia dictada el 5 de mayo pasado por la jueza penal de garantías Alicia Pedrozo y su aclaratoria, firmada el 7 de mayo del mismo mes.

Los camaristas Agustín Lovera Cañete, José Waldir Servín concluyeron que la resolución debía ser anulada por vicios insalvables. El tercer integrante de la sala, Cristóbal Sánchez, votó en disidencia.

Uno de ellos es que en el desarrollo de la sentencia, la jueza da a entender que su decisión es de hacer lugar a la sentencia pero luego, en la parte resolutiva, resuelve lo contrario.

Ante pedido de aclaratoria de la persona afectada, la magistrada emite una aclaratoria en la que consigna que en realidad, la parte resolutiva debió decir “hacer lugar”.

Lovera Cañete y Servín advierten la irregularidad de esta decisión, pues la aclaratoria no puede cambiar el sentido de lo que se resolvió. Asimismo, destacan que la magistrada invocó erróneamente una disposición del Código Procesal Penal, cuando debió ser del Código Procesal Civil.

Para Sánchez, no es necesario anular el fallo, sino proceder a su corrección.

“A mi criterio, el caso señalado se ajusta precisamente al objeto de la aclaratoria previsto en el artículo 387 del Código Procesal Civil que en su inciso a) prevé LA CORRECCIÓN DE CUALQUIER ERROR MATERIAL. Por las razones señaladas, en mi opinión, no corresponde la nulidad del fallo recurrido”, argumenta Sánchez.

Antecedentes

En su presentación, Irala revela que durante una consulta realizada al padrón electoral en marzo pasado descubrió que figuraba como afiliado al Partido Colorado en forma irregular, pues en ningún momento ha solicitado ni gestionado tal afiliación.

“Grande fue mi sorpresa al ingresar mi número de cédula, iniciar la búsqueda y encontrar que había sido afiliado al padrón electoral de la Asociación Nacional Republicana (ANR) siendo que nunca he prestado mi conformidad para ello, mucho menos he firmado documento o solicitud alguna de afiliación”, explica Irala.

En la presentación realizada por los abogados Tania Guerrero y Gerardo Paciello, Irala solicita su exclusión del padrón electoral de la ANR.

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