La revista científica “Cuadernos del Museo Geominero”, del Instituto Geológico y Minero de España, publicó en 2008 y 2011 artículos en los que se detallan las características de los fósiles provenientes de Itauguá, al sur de Paraguay.
“Los especímenes estudiados son muy frágiles, por sus moldes internos y externos, por lo que se requiere cuidado especial durante la preparación. Están albergados en el Museo de Ciencias Naturales de la Plata, Argentina”, reporta uno de los artículos acerca de los históricos vestigios.
En total, al menos 235 distintos fósiles provenientes de varios puntos del país estarían ilegalmente en Argentina, según indican especialistas en la materia consultados por ABC Color.
Los materiales, identificados como especies de mar extinguidas desde hace por lo menos 100 millones de años, están listados en las publicaciones acompañados del acrónimo MLP, seguido por un número de inventario. El acrónimo MLP pertenece al museo mencionado, ubicado en la ciudad de La Plata en Argentina, donde Julio César Galeano Inchausti, geólogo residente en Paraguay, habría realizado estudios de posgrado.
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Galeano aparece, según algunos documentos, como funcionario del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y figura como autor de las publicaciones mencionadas, en las que también se señala que el trabajo recibió el apoyo financiero del Viceministerio de Minas y Energía, dependiente del MOPC.
Este agradecimiento suscitó una denuncia de la anterior viceministra de Minas y Energía, Mercedes Canesse, el 22 de febrero del presente año. La funcionaria niega que la institución participó en el trabajo de extracción y posterior envío de los materiales científicos.
La nota indica que la remisión de los restos es ilegal. El caso fue puesto a consideración al abogado José Durán, director de Asuntos Jurídicos de la institución. Sin embargo, llamativamente, la denuncia no fue derivada a la Fiscalía, según confirmaron fuentes de la entidad.
“Por razones desconocidas (el funcionario) fue sobreseído”, dijo Atilio Fernández, abogado y entonces asesor jurídico del Viceministerio de Minas y Energía, en una conversación telefónica con ABC Color. De esta forma se confirmó que el caso fue juzgado a través de un sumario administrativo que no tuvo consecuencias.
Fotos publicadas en la cuenta del Facebook de Galeano confirman que realizó viajes con científicos argentinos.
Las imágenes están publicadas en un álbum titulado “Trabajando la Geología del Paraguay” en el que se observa el lugar del que se habría extraído los fósiles robados. En algunas fotos, inclusive, se identifica a una persona como Norberto Uriz de la Universidad Nacional de la Plata, en Argentina, quien también figura como autor de las publicaciones científicas.
El geólogo paraguayo figura como funcionario del MOPC en su cuenta del Facebook. Sin embargo, fuentes de Recursos Humanos de la entidad aseguran que fue comisionado a la Municipalidad de Fernando de la Mora.
ABC Color intentó en varias ocasiones ubicar a esta persona en la comuna. Funcionarios respondieron que no conocían a Galeano o que no sabían en donde se encontraba.
El geólogo es precandidato al Senado por el movimiento Acción Nacional Colorada, del Partido Colorado. Sin embargo, diversas fuentes de la ANR consultadas dijeron no conocerlo.
Según las leyes nacionales, la tenencia de éstos fósiles en Argentina es ilegal, según expertos en la materia consultados. Además, la legislación establece una pena para los traficantes del patrimonio cultural.
La Ley de Protección a los Bienes Culturales, Nº 946/82, señala en su Art. 4 que “son bienes culturales bajo la protección de esta ley, restos paleontológicos y arqueológicos”.
El Art. 25 de la misma legislación señala que la salida de estos bienes culturales solo puede darse por Decreto del Poder Ejecutivo, a solicitud de la Dirección de Patrimonio Cultural de la Secretaría de Cultura, y solamente para su exhibición temporal.
“El que ilícitamente sacare del país un bien cultural será castigado con penitenciaria de seis meses a tres años y multas de veinte a cien salarios. La restitución al país del bien cultural será causa eximente de la pena corporal”, asegura el Art. 41.
Fuentes de la Secretaría Nacional de Cultura confirmaron a ABC Color que no autorizaron las prospecciones arqueológicas mencionadas. Tampoco autorizaron la extracción de los materiales fósiles y su posterior traslado al exterior, ya que dicha autorización es ilegal, explicaron las fuentes.
