La administración fiscal informó que la verificación se realiza mediante un cruce de información realizado a través del sistema Marangatu.
"Las investigaciones revelan diferencias entre los dividendos que fueron distribuidos por distintas sociedades e ingresados a la SET en este concepto desde el 2014 y los montos declarados por las personas beneficiarias en los formularios del IRP”, señala el informe.
Explica que estas inconsistencias detectadas pueden darse por la omisión en la declaración jurada o por la no inscripción de las personas afectadas en el IRP.
En este sentido, añade, que la administración tributaria efectúa notificaciones a las sociedades que declararon las distribuciones, para recabar más datos sobre las personas beneficiarias de los dividendos abonados. Posteriormente la SET procederá a la verificación de sus declaraciones de renta personal de los beneficiados.
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“Cabe mencionar que, de acuerdo a lo establecido en la Ley 2421/04 modificado por Ley 4673/12, se encuentran gravados por IRP el 50% de los dividendos, utilidades y excedentes que se obtengan en carácter de accionistas o de socios”, puntualiza.
La SET, dice el informe, insta a los contribuyentes a incluir en sus declaraciones juradas la totalidad de sus ingresos o que quienes superaron el rango no incidido procedan a la inscripción en el IRP, de modo a evitar posibles multas que pueden ir del 100% al 300% del impuesto omitido conforme a las reglamentaciones vigentes.
