Las políticas educativas

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El concepto de política educativa tiene varias acepciones. Para hacerlo fácil y comprensible lo uso aquí con la definición más frecuente y sencilla, refiriéndome a “las acciones que un gobierno propone, decide y ejecuta en un sector de sus responsabilidades en el ejercicio del poder”.

Según el artículo 242 de nuestra Constitución Nacional, cada ministro, bajo la dirección del Presidente de la República, es el responsable de “promover y ejecutar” las políticas del sector de su competencia.

Pero la Ley 1264/98 General de Educación, en su artículo 19, añade algo muy importante: “El Estado definirá y fijará la política educativa en consulta permanente con la sociedad, a través de las instituciones y organizaciones involucradas en la educación”.

Entre dichas instituciones y organizaciones están sin duda las asociaciones de padres de alumnos de todas las instituciones educativas, la asociación de directores, los gremios docentes, las asociaciones de estudiantes, las asociaciones universitarias (de rectores, profesores, estudiantes), el Consejo Nacional de Educación Superior (Cones), el inexistente, desde enero de 2017, Consejo Nacional de Educación y Ciencias (Conec) y una de las instituciones más importantes, las Comunidades Educativas, definidas en el artículo 11 inciso i de la Ley General de Educación, y , que ningún ministro de Educación, desde 1998 ha querido crear, por más que sea mandato destacado en varios artículos de la Ley General de Educación.

No faltan representantes de la sociedad, involucrados en la educación, organizados para poder ser “consultados permanentemente” para definir y decidir las políticas educativas pertinentes. La Ley promueve y organiza la democracia, mientras que los gobiernos y sus ministros siguen prefiriendo gobernar la educación con autoritarismo propio de dictaduras.

La ciudadanía y las instituciones y organizaciones involucradas en la educación no están informadas de las políticas que se ha propuesto y pretende ejecutar el Ministro de Educación y Ciencias, porque no solo no les consultó (Art. 19), sino que ni siquiera cumple con su obligación de informar, según el artículo 22.

De hecho, hay políticas educativas declaradas y otras no declaradas (ni confesables), pero muy activas. Entre las primeras y reconocibles están la Política de educación híbrida en 2021 como respuesta a la pandemia del covid-19, organizando las clases escolares en dos modalidades, una semana presencial y otra alternando modalidad online. La política de Transformación educativa, lanzada por este Gobierno en agosto de 2017, dotada con muy alto presupuesto, que no produce la esperada y necesaria eficiencia. Como parte de esta política se ejecutó la política educativa de participación ciudadana, preguntándole a la ciudadanía, mediante encuestas y foros qué tipo de educación quieren que instale el proyecto de la Transformación educativa. Un sondeo coyuntural y puntual, que si funcionaran los mecanismos institucionales de participación ordenados en la Ley General de Educación, habría resultado superfluo y costosísimo.

Como políticas no declaradas y muy activas destaco la política no educativa de sometimiento a la presión del partido político en el poder (mayoritariamente el Partido Colorado), que han convertido el MEC en una oficina y empresa de empleo, sometida a los intereses personales de los políticos, diputados y senadores corruptores.

Derivadamente ha surgido la política prebendaria, porque también corren carpetas de currículos para ser contratadas o contratados, como funcionarios, personas a quienes se les deben favores personales políticos, o afectivos.

Estas últimas políticas no permiten la ley de carrera del funcionariado en educación y no respetan la lógica laboral de las competencias profesionales, con muy grave perjuicio a la calidad de la educación y la enseñanza.

Hay políticas educativas necesarias y urgentes, totalmente ausentes del programa del Gobierno y cuya ausencia mantiene hundidos el sistema educativo, los procesos educativos y la calidad de nuestra educación pública. Por ejemplo, una política de profesionalización y ética profesional, unida a una política de formación docente, que incluye la elaboración y sanción de la correspondiente ley de formación docente, política de ajuste y fidelidad a la Constitución Nacional y las leyes vigentes; política de desarrollo científico de la pedagogía, política de actualización curricular permanente, etc.

Es doloroso, pero hay que reconocer que las políticas educativas vigentes no son legítimas ni democráticas, porque legítimo es lo hecho o establecido de acuerdo con la ley; y la democracia respeta los derechos de los ciudadanos.

jmonterotirado@gmail.com