25 de enero de 2026

El Viceministerio de Transporte emitió la Resolución Nº 38 por la cual se establece las medidas especiales en el transporte público durante vigencia de la “fase cero”. La frecuencia obligatoria de los buses en horario pico es de 10 y 15 minutos y a partir de las 20:30, cada 60 minutos.