En un comunicado, Anacom informó de que aplicó una multa de 250.000 euros a Vodafone, de 80.000 euros a MEO, de 75.000 euros a NOS y de 60.000 euros a NOWO.
Los servicios de valor agregado son todos los que van más allá de la oferta básica de llamadas de voz, transmisión de datos y otros.
Las empresas multadas dieron orientaciones internas y definieron procedimientos que eran susceptibles de violar las reglas legales de bloqueo selectivo de comunicaciones, en el caso de servicios como el envío de mensajes múltiples o de contenido erótico y sexual.
En el caso de MEO, se constató que efectivamente se habían violado esas reglas.
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La ley busca proteger los derechos e intereses de los clientes y usuarios de servicios de valor agregado, para "garantizar que el acceso a tales servicios corresponde a su voluntad efectiva y que sólo es desbloqueado el acceso a los servicios que el suscriptor pretende", explicó Anacom.
NOS, MEO y NOWO ya han interpuesto un recurso de impugnación judicial contra esta decisión y Vodafone todavía está dentro del plazo para poder hacerlo.
