Para la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, si la acción de inconstitucionalidad no prospera habrá un precedente para que los casos de corrupción pública se “eternicen” y se concreten impunidades.
El fiscal René Fernández refiere en el escrito: “De confirmarse este precedente, abriría las puertas para que la mayoría de las investigaciones sobre corrupción pública o delitos económicos, quiebras bancarias y otras parecidas, si se utilizara ese mismo argumento prácticamente, no tendríamos ningún caso en que se llegue a juicio oral y público porque todos estarían sujetos a resoluciones de juzgados en lo civil, y, como no existe ningún efecto por el incumplimiento de los plazos procesales, esos juicios podrían ‘eternizarse’ sin que nunca se llegue a sentencia”.
Fernández y su colega Silvia Cabrera mencionaron que las sentencias de primera y segunda instancia que benefician el ex síndico general de quiebras, Gerardo Sanabria Mora, con la prejudicialidad son “arbitrarias y erróneas”.
“Lo establecido por el tribunal en mayoría no pasa de ser una creación proveniente de la mente de estos juzgadores, lo cual resulta en una arbitrariedad, al no estar fundado en el ordenamiento jurídico nacional”, alegan.
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Respecto al argumento de que la lesión de confianza requiere en su tipo objetivo la determinación y cuantificación del daño concreto, la fiscalía alega que es “erróneo”.
“Determinar y cuantificar son actividades procesales que sirven para probar el perjuicio patrimonial y no elementos del hecho punible. La inclusión de la determinación y cuantificación del daño concreto al tipo objetivo de la lesión de confianza, es una decisión arbitraria, pues no encuentra sustento ni en el ordenamiento jurídico ni en la doctrina autorizada”, agregan los agentes.