"No hace falta descubrir, sino recoger experiencias..."

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–¿Cómo ve usted la justicia en Latinoamérica?

–Lo que voy a decir está condicionado por el nivel de información que tengo y por las impresiones no totalmente documentadas. Veo que Latinoamérica está en un proceso de modernización de su justicia penal sobre la base de introducción del sistema acusatorio. No estoy seguro de que sea correcto terminológicamente decir que se introduce el sistema acusatorio; porque si el sistema acusatorio consiste en que el tribunal y el acusador sean diferentes, también existe eso en el procedimiento escrito.

Lo que hay es la superación del procedimiento del antiguo régimen, visto desde la revolución francesa por un procedimiento que comienza a mediados del siglo XIX, que se va desarrollando y que llega muy tardíamente a Latinoamérica. Ha habido un intento de difundir ciertos modelos procesales supuestamente modernos, sobre los que yo tengo grandes dudas, en cuanto a su ajuste, por lo menos comparado con lo que se ve en Europa. En ese sentido, pienso que la renovación procesal de la justicia penal necesitaría una revisión por personas competentes. Probablemente, se pueda pensar en un Código Procesal tipo.

–¿Cómo se puede conseguir ese Código Procesal tipo y quiénes lo pueden hacer?

–Lo pueden hacer procesalistas con acreditada experiencia y se puede conseguir con buena voluntad. Creo que no habría ningún inconveniente en comenzar una tarea, como en su momento lo encabezó la Universidad de Chile o el Instituto de Ciencias Penales de Chile, integrado por grandes profesores que invitaron a los otros profesores latinoamericanos, que hicieron un modelo razonable para su época.

En ese punto aclaro que Paraguay tiene un Código Penal que no necesita revisión. Es una impresión, repito. No viviendo aquí, no puedo juzgar si se puede quitar o agregar figuras.

–Con respecto a la ley procesal...

–A mí me parece que la tarea procesal sería verdaderamente importante, porque no se puede llevar a la práctica ninguna política criminal en un estado de derecho si no hay un proceso. Inclusive los códigos más modernos merecen una revisión más concienzuda. En ese sentido, hay experiencias que serían dignas de ser consideradas.

–¿Cuales serían esas experiencias?.

–Normalmente, las reformas son impulsadas por partidos políticos que tienen representación parlamentaria, o por el Poder Ejecutivo. Cabe, sin embargo, conjugar la experiencia del Código Penal tipo, con la experiencia, con los proyectos alternativos que se han hecho en Alemania durante casi 40 años. No sería equivocado que las personas que tienen una buena formación jurídica –aquí hay personas que tienen excelente formación en materia procesal– privadamente ofrecieran al legislador un proyecto alternativo. Eso lo propongo con frecuencia en España. Lamentablemente, no siempre uno tiene éxito.

–Los técnicos casi siempre quedan fuera de los proyectos.

–Es bueno que desde del punto de vista académico-técnico se elaboren proyectos que el legislador podrá aceptar como están, modificarlos o desecharlos; pero que servirían para llamar la atención sobre hacia dónde deben ir las cosas, para evitar que se traigan proyectos que no se sabe de dónde se han copiado.

–Y la importancia de la experiencia para la elaboración de los proyectos...

–Una de las maneras de adquirir experiencia es estudiando la jurisprudencia, las cuestiones procesales de los tribunales que tienen una larga trayectoria en este procedimiento. Es decir, qué tuvo que resolver el Tribunal Suprema de España cuando le plantearon la cuestión de si eran o no lícitamente obtenidas las intervenciones telefónicas. Qué tuvo que resolver cuando le dijeron que la prueba no era suficiente para condenar.

La experiencia se adquiere de varias maneras, porque el cambio paradigmático que implica un nuevo procedimiento es difícil hacer.

La forma de organizar un procedimiento que esté de acuerdo con un estado de derecho democrático está bastante elaborada. No hace falta descubrir. Lo que falta es recoger las experiencias que han ocurrido en otros lugares donde los principios constitucionales son iguales. En este sentido, la Constitución paraguaya y la española se basan en principios similares, estén o no escritos.

–Todo cambio requiere preparación.

–Hay una parte que consiste en tener un buen código, y otra, parte en saber usar ese código. Esto es un todo que lleva su tiempo, pero que hay que prepararse para el cambio. Sin la preparación, el cambio puede ser fatal. Si la ley está vigente hoy, mañana no cambia. Para que cuando se ponga la ley vigente y esta pueda operar rápidamente, es necesario que todo el personal judicial esté suficientemente entrenado. Que sepa qué problemas va a tener que resolver y cómo va a hacerlo.