El rápido crecimiento de estas entidades y por el volumen anual que hoy mueven (casi US$ 500 millones en créditos) obligó al Banco Central a extender la regulación a este segmento. Según estimaciones preliminares recientes del BCP, en el sistema están operando unas 270 firmas que dan préstamos al público con tasas más elevadas (a alrededor del 90%) que en el sistema financiero habitual (menos del 40%).
Las casas de crédito, a diferencia de los bancos y financieras, operan con capital propio y no realizan captación de depósitos, por lo que estaban excluidos de la supervisión de la banca matriz, además de las limitaciones legales que había en la carta orgánica. Esto cambia con la reciente modificación de la Ley 489 del BCP. Cabe señalar, que desde el año pasado, las mismas ya están obligadas a registrarse y suministrar informes a la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad).
El crecimiento de dicho segmento cobra notoriedad principalmente desde la vigencia de los topes a la tasa de interés de las tarjetas de crédito (en 2015), que obligó a los bancos a replantear el negocio y quitar de circulación a cientos de usuarios del plástico, muchos de los cuales encontraron “refugio” en este tipo de empresas. La cantidad de clientes atendidos por el sector de casas de crédito rondan los 300.000.
“Estos parámetros, además de otras consideraciones hizo que la Superintendencia de Bancos tomara la decisión de supervisar y regular a este segmento”, indicó en estos días José Cantero, titular de la banca matriz, en conversación con la prensa. Dijo además que para el BCP va a implicar una mayor fortaleza institucional, un esfuerzo adicional, que también desde este año se empieza a regular y supervisar a la caja bancaria.
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Por su parte, Víctor Vázquez, referente del sector y extitular de la Cámara de Empresas de Crédito (Crecer), dijo que la decisión tomada por el BCP de incluirlas como supervisados está correcta. “Nuestro sector forma parte de la cadena de negocios financieros, por lo que necesariamente debe haber instituciones adecuadas para atender a los clientes no atendidos por los bancos, por las excesivas burocracias impuestas por el mismo BCP”, señaló ayer a ABC.
El Banco Central estableció como primera medida el registro obligatorio que corre desde el 2 de enero hasta el 30 de junio del 2020, y desde el 1 de julio del próximo año solo podrán operar los que cuenten con aprobación de la banca matriz. Más adelante se verán otras medidas, como la de transparencia informativa sobre costos al público y límite de tasas usurarias, entre otras.
