La entidad explica en su nota que esta actualización se hará teniendo en cuenta el acumulado del año inmediatamente anterior a la fecha de pago sobre la suma adeudada en concepto de reconocimiento de años de servicios, incluidos los que fueron autorizados con base en la Ley Nº 186/1993, relacionada con el régimen de jubilaciones y pensiones del Estado.
“Esta actualización se realiza de conformidad a la Ley Nº 6469 ‘que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio 2020’, y el Decreto Reglamentario Nº 3264/2020, artículo 124 y su reglamentación artículo 286”, indica el informe.
Agrega que el referido artículo menciona que el saldo de la deuda que supere un ejercicio fiscal, en caso que haya sido financiado por la Dirección de Jubilaciones, será actualizado conforme al inicio de cada ejercicio fiscal. “Es importante indicar que el factor de ajuste del IPC publica el Banco Central del Paraguay (BCP)”, aclara.
Además, expresa que los funcionarios que ya solicitaron realizar aportes complementarios con base a la Ley Nº 186/1993 y que presentaron su pedido hasta el año 2007, deberán realizar el pago de los aportes autorizados por Jubilaciones hasta el 31 de diciembre del 2020, como máximo. “Transcurrido dicho plazo se dejará sin efecto las autorizaciones”, afirma.
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