La firma Paraguay Textil importó, en enero de 2014, una carga de tela denominada técnicamente como “tejido de punto por trama teñido”, que tiene una partida arancelaria N° 60006.32.00, que está dentro del listado de excepción de arancel externo común del Mercosur, es decir, es libre de impuesto.
En enero de este año la firma quiso hacer el despacho de otros tres contenedores con el mismo producto, ya que hace 20 años que se dedica a la importación de estas confecciones.
El 2 de enero de 2015 Paraguay Textil hizo los papeleos para la importación de 817 bultos de tejidos con 15.610 kilos de tejidos de punto, conocido formalmente como “jersey”, que es el tejido que anualmente importa esta empresa.
Sin embargo, en esta ocasión los funcionarios aduaneros de Visturía dispusieron que la carga es un “tejido con hilado de distintos colores”, que tiene 16% de arancel, es decir, con pago de tributos, de acuerdo con los documentos.
Desde la importadora protestaron dicha medida y presentaron un estudio del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) en el cual se demuestra que el producto es un tejido teñido. No obstante, la Aduana aplicó el arancel del 16%, sin hacer una reverificación del cargamento, como establece el Código Aduanero.
La actuación aduanera es más sospechosa si se tiene en cuenta que, de 30 contenedores que llegaron con este tejido de otras empresas en enero pasado, solo a Paraguay Textil se le impuso el pago del tributo de 16% de un arancel nunca antes cobrado.
Desde Aduanas aseguraron que en estos días darán a conocer la versión sobre este tema.
