La jueza Penal de la Adolescencia, Edith Coronel Alen primeramente había dado curso a una medida cautelar promovida por la firma Unilever del Paraguay SA, tendiente a lograr despachar los productos domisanitarios (jabones y detergentes), sin cumplir –según la Asociación de Industriales Domisanitarios y Afines (AIDA)– los controles que establece la Ley 4397/11, que prohíbe el uso del tripolifosfato de sodio en territorio paraguayo. La medida fue revocada por la Cámara de Apelación Penal de la Adolescencia.
Pero la cuestión no terminó allí. En una segunda arremetida, hizo lugar, el miércoles último, a un Amparo Constitucional deducido por la misma compañía.
Al respecto, el asesor jurídico de AIDA, que había logrado un Amparo Constitucional a través del juez Rubén Ayala Brun, exigiendo que la Aduana cumpla de forma irrestricta la mencionada ley, ratificada –inclusive– por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, abogado Víctor Peña Gamba, advirtió que con esta decisión la magistrada ha violado el principio de la competencia, a sabiendas de que existía una medida anterior, con lo cual lleva al borden del “caos” y al desprestigio al sistema judicial del país.
Desacato
Sobre el punto, reiteró que la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) simplemente debe cumplir la resolución anterior, que está firme y ejecutoriada, de lo contrario se expone a las consecuencias del desacato. “Su incumplimiento implica desacato, de conformidad a lo establecido en la Ley 4711/12 (de diciembre del año pasado), que establece que el que incumpliere una orden escrita, dictada en forma legal por una autoridad judicial competente, será castigado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años o multa”, advirtió el letrado.
El profesional alertó que la pena privativa de libertad se eleva hasta cinco años en caso que el que desacata fuere un funcionario público. Acotó que la Ley 4711 señala asimismo que la autoridad judicial, cuya resolución hubiere sido incumplida, informará del hecho al fiscal penal de turno, para que el representante del Ministerio Público impulse el apercibimiento respectivo bajo el presupuesto de la flagrancia.
¿Qué es el tripolifosfato?
El tripolifosfato de sodio es un compuesto inorgánico con fórmula. Se trata de la sal de sodio del polifosfato penta-anión, que es la base conjugada del ácido trifosfórico. Se utiliza, entre otras cosas, como aditivo en productos para la limpieza como detergentes y jabones en polvo. Facilita la remoción de la suciedad en casi todo tipo de superficies, pero al mezclarse con el agua y terminar en las plantas procesadoras se dificulta el proceso de filtrado, y el fosfato se incorpora a lagos, ríos y arroyos, facilitando el crecimiento de las algas tóxicas, contaminando los ríos y arroyos. A nivel mundial ha sido reconocida su capacidad destructiva, y se está dejando de usar, y en el Paraguay su uso está prohibido desde 2011.