Conatel resolvió que las cableoperadoras deben pagar a canales de TV de aire por emitir su señal

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) decidió que las cableoperadoras paguen a los canales de televisión por la emisión de sus señales.

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El 31 de julio último Conatel resolvió, según la Resolución Nº 1033/15, cerrar el período de no innovar en materia de inclusión de las señales del servicio de televisión abierta en las grillas de los prestadores de los servicios de televisión pagada.

A principios de junio había resuelto que la Cámara de Teledifusoras del Paraguay (Catelpar) no cobre US$ 3 por cada usuario por la emisión de los canales abiertos.

El titular de Catelpar, Pablo Troche, indicó que tomarán un tiempo prudencial para determinar las acciones a seguir.

“Por respeto a los consumidores vamos a aguardar el tiempo necesario para arribar a acuerdos con los operadores de cable, de modo a ajustar los derechos reclamados y el interés del público en general. Pero queda claro que nuestro reclamo se sustenta en la Constitución Nacional, que garantiza que la propiedad privada es inviolable y protege los derechos de autor y la propiedad intelectual, y así lo entendió la Conatel”, dijo.

En el primer punto la resolución de la Conatel señala que las operadoras de TV cable podrán incluir en la grilla de su programación sin costo alguno si los canales de TV abierta lo permiten.

La cámara, que agrupa a todos los canales abiertos (2, 4, 5, 9, 11, 13) emitió ayer un comunicado aprobando la nueva disposición del ente regulador.

Agrega que la resolución se elaboró con base en la Ley Nº 1328/1998, “De derechos de autor y derechos conexos”, que en su Art. 131 establece el derecho exclusivo de los organismos de radiodifusión “de realizar, autorizar o prohibir la retransmisión de sus emisiones, la grabación de sus emisiones y la reproducción de las mismas”, tal como venían reclamando las teledifusoras desde hace un tiempo.

Destaca que la disposición del regulador establece que “los cableoperadores pueden incluir sin costo alguno en su grilla de canales la señal de los licenciatarios del servicio de televisión, siempre que estos lo permitan”.

En el caso de que no sea otorgada la señal en forma gratuita, “las partes podrán acordar las condiciones de la provisión y distribución en forma voluntaria, si así conviniera a sus intereses”, se lee en el documento.

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