El documento del sindicato, presidido por el Abog. Rubén Ayala Bogado, señala que en noviembre del 2011 el exministro Francisco Rivas Almada convocó a un concurso de oposición para llenar 38 cargos vacantes, para lo cual se conformó el Comité Evaluador integrado por funcionarios representantes de la Secretaría de la Función Pública, del MIC y de la empresa especializada de recursos humanos Jobs.
Expresa que en dicho concurso participaron 215 ciudadanos paraguayos “legalmente habilitados”, y que los niveles de puntajes fueron de entre 98 a 25 puntos. Agrega que para cubrir los cargos vacantes al puntaje más alto (98) le corresponde la vacancia Nº 1, y el puesto Nº 38 a los que han alcanzado 90 puntos.
El sindicato advierte que, haciendo una lectura de la planilla de nombramientos, se desprende que los números de orden 11, 12, 13, 15, 16 y 18 son los que calificaron para ingresar como funcionarios del MIC. Sin embargo, los números 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 14, 16, 17, 19, 22, 23, 24, 25, 31 y 37 no obtuvieron calificación alguna; es decir, “se aplazaron”.
La denuncia asegura que la Secretaría de la Función Pública (SFP), la Procuraduría General de la República y la Contraloría General de la República coincidieron en que el extitular de la cartera de Estado Francisco Rivas Almada no respetó el procedimiento establecido por el Comité Evaluador, y la decisión debe ser anulada.
El sindicato denuncia y alerta igualmente que un funcionario que se aplazó en el concurso de oposición está buscando ser promocionado por el viceministro de Industria, Óscar Stark, para ocupar la Jefatura de Certificación de Origen de la Producción Nacional.
Legalmente nulos
En ese sentido, el sindicato alerta que el Art. 17, de la Ley 1626/00 reza lo siguiente: “El acto jurídico por el que se dispuso el ingreso a la función pública, en transgresión a la presente ley o sus reglamentos, será nulo, cualquiera sea el tiempo transcurrido. Los actos del afectado serán anulables, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa que pudiera corresponder a los responsables del nombramiento. La responsabilidad civil de los funcionarios, contratados y auxiliares, será siempre personal y anterior a la del Estado, que responderá subsidiariamente.
En ese sentido, el sindicato exige la anulación de los nombramientos de funcionarios que no han calificado en el concurso de oposición público. Además, pide anular los derechos de nombramientos de las personas que han ingresado ilegalmente como funcionarios, sin haber concursado, exigir la devolución de los salarios percibidos en todo este tiempo.
Por otra parte, señala que la SFP, por Resolución Nº 45/13 ha establecido un procedimiento para aquellos funcionarios que no han alcanzado esta estabilidad laboral de dos años, prescrito por la ley. “De hecho, para el caso que nos ocupa, el Poder Ejecutivo ya anuló varios decretos de nombramientos en el MIC recientemente. Los actos administrativos son nulos y se debe utilizar los mismos argumentos de los nombramientos de estos funcionarios para anularlos, sin necesidad de sumarios administrativos”, señala.
Otra supuesta ilegalidad
En otro momento, el Siprotmic critica los nombramientos ilegales y arbitrarios en la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (Dinapi), por parte del actual gobierno, “y pisoteando los derechos de los funcionarios técnicos con carrera administrativa”.
En ese sentido, asevera que la directora de la entidad, Patricia Stanley, propuso el nombramiento de personas ajenas a la institución, “a abogados que tienen relación directa con su estudio jurídico, no dando participación a funcionarios técnicos con carrera administrativa”.
Apunta que los abogados Juan Antonio García, director de Propiedad Intelectual, Héctor Balmaceda, director coordinador del UTE, y Ángel Peralta, ingresaron “violando la Ley 1626/00”.
