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Ejecutivo dispone ajustar G. 71.439 el salario mínimo desde el 1 de julio

Este artículo tiene 7 años de antigüedad

El Poder Ejecutivo emitió ayer el decreto por el cual se establece un ajuste del 3,5% al salario mínimo legal, que quedó en G. 2.112.562 y que debe aplicarse a partir del 1 de julio.

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El Poder Ejecutivo dio lugar a la solicitud del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) de ajustar el salario básico en G. 71.439, pese a las críticas de los sectores obreros que pedían G. 2.500.000 Según el decreto, el reajuste es para el salario mínimo vigente en actividades expresamente previstas, escalafonadas y diversas, no especificadas, que queda establecido en G. 2.112.562, en tanto que el jornal mínimo en G. 81.252. Estos cambios deben adecuarse a partir del 1 de julio, según la disposición.

El decreto señala que la variación se realizó conforme al informe elevado por el Conasam ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). El consejo se basó en la información técnica del Banco Central del Paraguay (BCP) de que la inflación acumulada desde el último ajuste es de solo 3,5%. Nuevamente, los datos técnicos de la banca matriz fue objeto de crítica por parte de las centrales obreras. Dirigentes de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) indicaron que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) no representa a la realidad de las personas que ganan el salario mínimo, ya que incluye de manera general la variación de precios de productos que no se podrían pagar con el salario básico, por lo que han sugerido calcular el ajuste del mínimo sobre una canasta de alimentos y productos básicos.

Beneficia a informales

El aumento del sueldo mínimo decretado por el Gobierno, aunque fue solo del 3,5%, representa otra distancia más que beneficia a los empleadores que se manejan en la informalidad y no pagan el salario piso a sus contratados y en perjuicio de los que pagan todo como dispone la ley, señaló el presidente de la Cámara Paraguaya de Supermercados (Capasu), Christian Cieplik.

“Esperemos que este aumento del salario mínimo no influya negativamente en la economía y que la gente recupere su poder adquisitivo”, respondió.

El dirigente del sector empresarial opinó que la medida se suma a la crítica situación de entrada masiva de contrabando, creando un cóctel delicado. “Siempre todo aumento de salario afecta más aún a las empresas formales que los informales”, acotó.

Cuidar la estabilidad de precios

Por su parte, el doctor Manuel Riera, titular de la Asociación Rural del Paraguay (ARP), indicó que el ajuste del salario mínimo –cuasi automático, previsto en la ley–, con inflación baja, puede considerarse que es una manera razonable de sacar de la agenda el conflicto permanente.

“Habría que analizar cómo afectaría a la estabilidad de precios, dado que podría producir una escalada de la misma convirtiéndose en una suerte de causa-efecto-causa, y así sucesivamente”, acotó. También dijo que la eventual escalada de precios podría poner en riesgo la estabilidad macroeconómica defendida por tantos años, y –definitivamente– los más perjudicados serían los asalariados.

El 27% de asalariados

El ajuste del salario mínimo en la práctica beneficia al 27% de los asalariados, según datos de la Dirección de Estadística, Encuestas y Censos. Esto quiere decir que la medida llegará a poco más de 300.000 personas de los 1.226.552 asalariados que figuran en los registros oficiales.

Cabe mencionar que gran parte de la ocupación en nuestro país corresponde al área de comercios y servicios, que se manejan al margen de la Ley Laboral, muchos de ellos perciben salarios por debajo del mínimo legal vigente.

Según los datos oficiales, unas 506.948 personas ganan entre uno y dos salarios mínimos, y 135.000 personas, más de 3 salarios mínimos.

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