Farmacéuticos se consideran golpeados por Corte Suprema

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La Corte Suprema de Justicia asestó un duro golpe a la industria farmacéutica local al suspender los efectos de la Ley 4558/11, que establece mecanismos favorables para la participación de la industria nacional en las licitaciones públicas, buscando beneficiar la generación de empleo.

Para la Cámara de Industrias Farmacéuticas (Cifarma), esta acción de la Corte se suma a los problemas generados por el contrabando, la competencia desleal y la diferencia cambiaria con la Argentina, poniendo en serio riesgo miles de puestos de trabajo, no solamente en la fabricación de medicamentos, sino también de los diferentes rubros de la industria paraguaya.

De acuerdo con los antecedentes, la Ley 4558/2011 establecía mecanismos de apoyo a la producción y el empleo nacional, a través de procesos de contrataciones públicas, mediante los márgenes de preferencia y criterios para los procesos de licitación, regidos por la Ley N° 2051/03.

La normativa paraguaya, cuyos similares también están vigentes en varios países de la región, establece un margen de preferencia que permite reglar la competencia entre productos nacionales e importados, y otorga prioridad a la industria local que genera mayor mano de obra.

Cifarma estima que este margen no va en detrimento de los importados, sino que es una salvaguardia de los productos nacionales, y no limita la posibilidad de acceso a los procesos de contrataciones para productos extranjeros ni se hace más gravosa su participación, sino que se crea un marco de aliento a la producción nacional a través de los procesos de contrataciones que lleva adelante el Estado paraguayo.

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Agrega que, precisamente, el Art. 176 de la Constitución Nacional establece: “El Estado promoverá el desarrollo económico, mediante la utilización racional de los recursos disponibles, con el objeto de impulsar un crecimiento ordenado y sostenido de la economía, de crear nuevas fuentes de trabajo y de riqueza, de acrecentar el patrimonio nacional y de asegurar el bienestar de la población”.

Medidas cautelares contra la ley

La cámara industrial lamenta que desde el primer decreto que establecía márgenes de preferencia a la industria nacional, varios importadores hayan recurrido sistemáticamente todos los decretos y reglamentaciones ante la Corte Suprema, buscando trabar sus efectos positivos sobre la economía y la producción nacional.

Finalmente, a través del Auto Interlocutorio N° 4471, la máxima instancia judicial suspendió la aplicación de la ley y por consiguiente echa por tierra su objetivo final de fomentar la producción y el empleo nacional.

Ministerio Público

De acuerdo con Cifarma, el Ministerio Publico, en todos los casos, argumentó su postura de rechazo de las medidas solicitadas, por encuadrarse dentro la Carta Magna, refiriendo los artículos 176, 87, 128, y las condiciones de la Ley 2051/03 de contrataciones públicas. El dictamen 316, del 22 de marzo pasado, trasladado a la Corte, recomendaba el rechazo del pedido de inconstitucionalidad solicitado por un importador contra la Ley 4558.