Gobierno inhabilita por dos años a destituido exdirector de INTN

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El exdirector general del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización y Metrología (INTN), Lic. Mario Leiva, fue inhabilitado para ocupar cargo público por dos años debido a una serie de irregularidades, confirmada por la Procuraduría General de la República.

La actual administración del INTN dictó la Res. N° 290/14, por la cual se destituye de la función pública al exdirector Mario Gustavo Leiva Enrique, dando cumplimiento a la resolución definitiva del juez instructor de la Procuraduría General de la República, Osvaldo Caballero Bejarano, que ordenó sancionar al exfuncionario, quien ocupó el cargo durante el gobierno de Fernando Lugo.

En cuanto a los motivos de la medida, durante la administración de Mario Leiva costosos equipos, donados por la Unión Europea, incluyendo patrones nacionales metrológicos de la República del Paraguay, fueron enviados en el 2009 a la Argentina para su calibración, hecho que generó previamente un llamado para despacho, entrada y salida al Paraguay y el servicio de calibración en el INTI (Argentina).

Nueve meses después, los equipos no llegaron a destino y el costo del servicio ya había sido totalmente facturado al INTN, hecho que derivó (en el 2012) en una demanda del exdirector del Instituto, Luis Morínigo Ganchi (ya durante el gobierno de Federico Franco) a la Fiscalía de Delitos Económicos y, posteriormente, a la apertura de un sumario administrativo.

Según Resolución Definitiva Nº 1 de la Procuraduría General de la República, se comprobó que Mario Leiva, como director general y ordenador de gastos, incurrió en la comisión de actos administrativos irregulares en el ejercicio de su función como máxima autoridad administrativa al disponer el pago total de G. 49.500.000 al despachante de aduana Pedro Céspedes Ayala, sin que el adjudicado haya realizado la prestación del servicio.

De esta forma, la Procuraduría comprobó que Mario Gustavo Leiva Enrique cometió “malversación de fondos públicos”, según lo establecido en el Inciso h, de la Ley 1626/00, que en su Art. 68 establece que serán faltas graves las siguientes: malversación, distracción, retención o desvío de bienes públicos, al haber autorizado el pago al despachante sin que correspondiera.

Denuncias

Por otra parte, en su momento los sindicatos del INTN, identificados como FINTNSI y SIFUINTN, habían presentado innumerables denuncias de supuestos actos de corrupción y mal desempeño en sus funciones (detectados luego por la Contraloría General de la República) al entonces ministro de Industria y Comercio, Francisco Rivas, tales como: autoasignación de salario en más de 300%, así como a gente de su “entorno”.

Además, autoaumento de millonarios pagos como gratificación, violación de la Ley de Contrataciones Públicas con el retiro de combustibles por 515.000.000 de guaraníes, 30 días antes del llamado a concurso.

Los sindicatos denunciaron además la violación del Art. 47 de la Ley 1626/00, al nombrar a funcionarios sin la antigüedad mínima de dos años en el ejercicio de la función, entre otros casos.