ABC consultó a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) si esta institución tiene competencia en este tipo de casos, considerando que según el reclamo la empresa ganó la licitación de limpieza de la planta de Vallemí con una oferta irreal, ya que en la práctica la ganancia que obtiene es mayor a la declarada debido a que pagaría menos del sueldo mínimo a sus trabajadores. La respuesta que recibimos fue que en el ámbito del cumplimiento de obligaciones laborales, previamente debe determinar que existe una infracción a las leyes y normas laborales y para ello es competente el Ministerio del Trabajo.
“La constatación de estas infracciones dará lugar al sumario administrativo ante esta DNCP con las sanciones previstas en la Ley 2051/03, que van desde una amonestación hasta inhabilitación para contratar con el Estado desde tres meses hasta tres años (sin perjuicio de las demás sanciones que puede imponer el Ministerio del Trabajo)”, respondió Contrataciones.
Agrega que la INC debe tener precios de referencia, con el objetivo de que, entre otras cosas, pueda confirmar que su presupuesto es suficiente para atender el contrato que se requiere y con ello satisfacer la necesidad que motiva la contratación. “Entonces, la razonabilidad o no del precio ya debió ser analizada por la convocante a la hora de elaborar sus precios de referencia, lo que incluye verificar que la prestación pretendida pueda ser ejecutada dentro de los límites de la referencia, incluyendo las variaciones para arriba y para abajo que establece la reglamentación vigente (+20%, -30%). Debemos recordar que un precio que supere el 20% para arriba o un 30% para abajo, requiere de un mayor análisis por parte del Comité a fin de recomendar su adjudicación”, puntualiza.
ABC buscó comunicarse con la representante de Mafara SA, Yudis Brítez, para tener su versión sobre el caso, pero no respondió nuestra llamada a su teléfono, con terminación 948.
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