16 de julio de 2007 - 09:07
La igualdad jurídica entre Estados es una precondición fundamental
Este artículo tiene 18 años de antigüedad Al admitir la incorporación de los principios de derecho internacional, las Constituciones de 1967 y 1992, en sus artículos 9º y 145º, respectivamente, expresan que la igualdad con otros Estados es la base o condición de la aceptación del orden jurídico supranacional. Estoy cierto de que el Paraguay desde su independencia ha aceptado en general el derecho internacional público como parte de su ordenamiento jurídico interno.