15 de abril de 2007 - 09:04
¿Ley de Aguas sin reglamento?
Este artículo tiene 18 años de antigüedad La Secretaría del Ambiente, por Resolución 50/06, resuelve: La perforación de los pozos para la extracción de las aguas subterráneas o su operación sin su debida autorización, salvaguardando los casos de descarga insignificante, menor o igual a 1.000 litros por día, deberán tener licencia ambiental.