Explicó que si la Corte declaró inconstitucional e inaplicable la Resolución General N° 29 de la SET, que reglamenta el artículo 33 de la Ley 2421/04 de Adecuación Fiscal y establece nuevos requisitos para la habilitación y control de auditores externos impositivos a favor del Consejo de Contadores del Paraguay, esta medida debe extenderse a los demás auditores.
A su criterio, esta medida debe ser adoptada por la SET a pesar de que existe un primer fallo de la máxima instancia judicial que rechazó el pedido de inconstitucionalidad que realizaron los miembros del Colegio de Contadores.